15 años de cárcel por delitos sexuales reiterados en contra de su propia hija

Acogiendo tanto la calificación jurídica como la solicitud de pena planteada por la Fiscalía Local de Osorno, el Tribunal Oral en lo Penal de esa ciudad determinó imponer la pena de 15 años y un día de privación de libertad en contra de un sujeto que en forma reiterada agredió sexualmente a su hija.

De acuerdo a la acusación fiscal, el acusado L.R.H.M. comenzó en el año 2010 a efectuar tocaciones de carácter sexual a la menor, que en esa época tenía 09 años de edad, agresiones que culminaron con la violación de la niña en varias oportunidades y que se registraron hasta el año 2016. Estos hechos, sostiene el Ministerio Público, constituyen el delito de abuso sexual de menor de 14 años en carácter de reiterado y además el delito de violación de menor de 14 años en carácter de reiterado, previsto y sancionado en el artículo 362 del Código Penal, lo que fue compartido por los jueces.

El Fiscal Guillermo Cáceres, quien dirigió la investigación y llevó este caso a juicio oral, destacó la pena de 15 años y un día de presidio dictada, “lo cual fue producto de una investigación minuciosa y destallada que llevó adelante la Fiscalía Local de Osorno conforme a las instrucciones y directrices dictadas en este punto por el Fiscal Regional para quien este tipo de delitos tanto en su investigación como en su persecución penal, como asimismo para la protección de las víctimas, son de la más alta prioridad”. Añadió el persecutor que “para nosotros como Fiscalía esto plasma el compromiso que tenemos todos y cada uno de los fiscales para llevar adelante la persecución penal para este tipo de delitos que son tan graves y justamente lograr como en este caso las sentencias más altas que contempla la ley penal para este tipo de hechos”.

Durante la etapa de investigación y juicio oral correspondió a la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos de la Fiscalía Regional de Los Lagos prestar atención, orientación y apoyo a la menor, quien entregó su testimonio ante el Tribunal Oral. Asimismo, funcionarios de la Brigada de Delitos Sexuales y Menores (Brisexme) de la PDI, participaron en las diligencias encomendadas por el Fiscal Cáceres.

De acuerdo a la sentencia, la pena privativa de libertad dictada en contra del acusado es de cumplimiento efectivo. Además la resolución indica que no podrá tener la patria potestad de su hija y no podrá ser oído como pariente de la víctima en los casos que la ley designa. Además quedará sometido a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal, consistente en informar su domicilio a Carabineros cada tres meses y, además, a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.


Fuente:
Marta Zuñiga Gatica
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