Nuevo periodo de gestión de episodios críticos - Seremi del Medio Ambiente llama a osorninos al autocuidado

Un nuevo periodo de Gestión de Episodios Críticos GEC, enmarcado en el Plan de Descontaminación Atmosférica, rige para la ciudad de Osorno entre el próximo domingo 01 de abril y el 30 se septiembre del presente año, tiempo en que se registran los niveles más altos de contaminación atmosférica.

En este lapso se emitirán pronósticos diarios sobre la calidad del aire válidos para todo el radio urbano de Osorno, que van desde Bueno, pasando por Regular y Alerta, hasta llegar a los episodios críticos de Pre Emergencia y Emergencia. Esta información será enviada a los medios de comunicación el día anterior a su vigencia, además de ser difundida por redes sociales, y publicada el sitio web pdao.cl y en la aplicación para teléfonos inteligentes Chile Aire.

En niveles de episodio crítico se suspenderán las actividades físicas y deportivas al aire libre, exceptuando en niveles de Pre Emergencia entre las 11 y las 19 horas, tiempo en que solamente los deportistas podrán realizar actividades.

Específicamente en Pre Emergencia, se prohibirá en la zona saturada el funcionamiento de calderas industriales y calderas de calefacción, con una potencia térmica nominal mayor a 75 kWt, que presenten emisiones mayores o iguales a 50 mg/m3N de material particulado, entre las 18 y 24 horas. En Emergencia no se permitirán humos visibles provenientes de artefactos unitarios residenciales a leña, además del funcionamiento de calderas industriales y calderas de calefacción, con una potencia térmica nominal mayor a 75 kWt, que presenten emisiones mayores o iguales a 50 mg/m3N de material particulado, entre las 18 horas del día en cuestión y las 06 horas del día posterior al episodio.

En este sentido el Seremi del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos, Klaus Kosiel, formuló un llamado a la comunidad, a cumplir con las disposiciones de la autoridad en episodios críticos: “Son medidas que buscan paliar los efectos del material particulado en la salud de las personas, principalmente de la población de riesgo, como adultos mayores, menores y enfermos crónicos, que es uno de los principales focos del gobierno del Presidente Sebastián Piñera”, manifestó.

La autoridad recordó realizar buenas prácticas ambientales que contribuyan en la descontaminación de la ciudad, como ocupar leña seca y prepicada, no utilizar acelerantes para encender los calefactores, no quemar plásticos ni basura, además de no cerrar completamente el tiraje de la combustión.

“Para mantener la leña seca o contribuir con su secado, es posible guardarla en forma encastillada para facilitar su aireación, cubrirla con un plástico grueso en caso que esté a la intemperie y apilarla sobre una superficie seca y no directamente sobre el suelo”, precisó el Seremi.

Quedarán exentas de las prohibiciones en episodios críticos aquellas viviendas que se calefaccionen a través de un sistema de calefacción distrital; que cuenten con calefactores que han sido reemplazados mediante el Programa de Recambio ejecutado por el Ministerio del Medio Ambiente o que cuenten con un calefactor certificado conforme a la Norma de Emisión de Material Particulado para los artefactos que combustionen o puedan combustionar leña y pellet de madera; además de los artefactos a leña instalados en establecimientos asistenciales, en establecimientos de larga estadía de adultos mayores, en hogares de menores y en establecimientos educacionales de todo el radio urbano.

Medidas estructurales en periodo GEC

Dentro de las medidas estructurales en este periodo están las siguientes prohibiciones: utilización de chimeneas de hogar abierto; quema de combustible o cualquier elemento distinto a la leña, briquetas, pellets de madera o chip seco, en los calefactores y cocinas a leña; uso de artefactos unitarios a leña en edificios de departamentos con destino habitacional y condominios de viviendas sociales construidos en fecha posterior a la entrada en vigencia del Plan; uso de chimeneas de hogar abierto destinadas a calefacción, en establecimientos públicos o privados emplazados en la zona saturada; quema al aire libre, en la vía pública o recintos privados, de hojas secas, restos de poda y de todo tipo de residuos; uso del fuego para la quema de rastrojos, y de cualquier tipo de vegetación viva o muerta, en los terrenos agrícolas, ganaderos o de aptitud preferentemente forestal, en un radio de 1 Km desde el límite urbano de la comuna de Osorno. La fiscalización de esta última medida corresponderá al Servicio Agrícola y Ganadero y a la Corporación Nacional Forestal (CONAF), en el ámbito de sus competencias. La sanción respectiva estará sujeta a la regulación sectorial.


Fuente:
Alvaro Esteban Fernandez Hernandez
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