Llaman a estudiantes en proceso de matrícula y selección universitaria a ejercer el Derecho a Retracto

Fuente: Conadecus.

En plena época de postulaciones académicas y en un sistema donde la educación se ha convertido en un producto del marcado, es importante que los futuros estudiantes o consumidores, conozcan las posibles soluciones en caso de no quedar conforme con la institución escogida. De esta forma pueden evitar ser embaucados por las irresistibles "ofertas" de matriculas y "promociones" ofrecidas a puertas cerradas por diversas instituciones, principalmente privadas, irregularidades detectadas en los últimos días y que infringen la ley. Ingeniosas estrategias para contactar posibles alumnos que buscan mayores facilidades para acceder a estudios superiores, lo cual muchas veces lleva a tomar una mala decisión. Es en estos casos donde cada estudiante debe conocer y ejercer el Derecho a Retracto.

En el artículo 3 - ter de la ley del consumidor, encontramos el derecho a retracto en materia educacional el cual señala: "En caso de prestaciones de servicios educacionales de niveles superior, proporcionadas por centros de formación técnica, institutos profesionales y universidades, se faculta al alumno o quien efectúe el pago en su representación para que, dentro del plazo de diez días contados desde aquel en que se complete la primera publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, deje sin efecto el contrato con la respectiva institución, sin pago alguno de los servicios profesionales no prestados.

Para ejercer el derecho a retracto se requerirá ser alumno regular de primer año de una carrera o programa de pre grado y acreditar, ante la institución respecto de la cual se ejerce esta facultad, encontrarse matriculado en otra entidad de educación superior.

En ningún caso la institución educacional podrá retener con posterioridad a este retracto los dineros pagados ni los documentos de pago o crédito otorgados, debiendo devolverlos en el plazo de diez días. Sin embargo, la institución podrá retener, por concepto de costos de administración, hasta el 1% del arancel anual.

El derecho deberá ejercerse ante la institución en que se formalizó la primera matricula en el primer año de una carrera o programa y acreditar que está matriculado, también en el primer año, en otra institución de enseñanza superior.

En este año 2011 el plazo para ejercer este derecho será desde el 13 de Enero, misma fecha en la que aparecen publicados los resultados de las postulaciones a las Universidades pertenecientes del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, hasta el 22 de Enero. Cabe aclarar que legalmente el plazo vencería el 23 de Enero, pero dado que esa fecha es día domingo, la posibilidad de ejercer el derecho es prácticamente es nula. Dicho plazo se encuentra corroborado en la página del consejo de rectores de las universidades chilenas.

http://www.cruch.cl/documentos/CalendarioProcesoAdmision2011.pdf
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