Seremi y Directora del trabajo aclaran feriados de Fiestas Patrias
Pto. Montt. Fuente: Marcela Madrid Berner.
La Seremi del Trabajo y Previsión Social Andrea Rósmanich junto a la Directora regional del Trabajo Camila Jordán dan a conocer el feriado del día 18 y posiblemente el del día 19, toda vez que el Congreso Nacional apruebe el proyecto que establece que el próximo 19 de septiembre sea feriado irrenunciable para el Comercio, esto significa que supermercados y comercio deben cerrar obligatoriamente a contar del día 17 a partir de las 21:00 hrs hasta las 06:00 hrs. del día 20.
“Los restaurantes, bombas de bencina y farmacias de turno, pueden abrir. En el caso de las tiendas en los servicentros que venden sólo productos como galletas, bebidas y dulces, deben cerrar. Pero si elaboran completos, sándwiches, cafés, etc, se consideran como restaurantes, y puede abrir” estableció Rósmanich.
La Directora regional del Trabajo Camila Jordán sostuvo que el comercio que abra estos días de feriados irrenunciables arriesgan multas que van de 5 a 20 UTM según el número de trabajadores que tenga la empresa. Entre 1 y 49 trabajadores la multa es de 5 UTM; entre 50 y 199 trabajadores la multa es de 10 UTM y si la empresa tiene más de 200 trabajadores la multa es de 20 UTM. Cabe señalar que esta multa es por cada trabajador en infracción.
Respecto a La jornada laboral previo al feriado de fiestas patrias debe “ser el pactado en el contrato laboral toda modificación de jornada es de común acuerdo con los trabajadores. Hago un llamado para que esto se haga prontamente, porque los trabajadores tienen que prepararse y descansar adecuadamente. Ningún cambio de jornada puede ir en contra de la norma laboral y eso lo estamos fiscalizando desde ahora”.
La Seremi del Trabajo y Previsión Social Andrea Rósmanich junto a la Directora regional del Trabajo Camila Jordán dan a conocer el feriado del día 18 y posiblemente el del día 19, toda vez que el Congreso Nacional apruebe el proyecto que establece que el próximo 19 de septiembre sea feriado irrenunciable para el Comercio, esto significa que supermercados y comercio deben cerrar obligatoriamente a contar del día 17 a partir de las 21:00 hrs hasta las 06:00 hrs. del día 20.
“Los restaurantes, bombas de bencina y farmacias de turno, pueden abrir. En el caso de las tiendas en los servicentros que venden sólo productos como galletas, bebidas y dulces, deben cerrar. Pero si elaboran completos, sándwiches, cafés, etc, se consideran como restaurantes, y puede abrir” estableció Rósmanich.
La Directora regional del Trabajo Camila Jordán sostuvo que el comercio que abra estos días de feriados irrenunciables arriesgan multas que van de 5 a 20 UTM según el número de trabajadores que tenga la empresa. Entre 1 y 49 trabajadores la multa es de 5 UTM; entre 50 y 199 trabajadores la multa es de 10 UTM y si la empresa tiene más de 200 trabajadores la multa es de 20 UTM. Cabe señalar que esta multa es por cada trabajador en infracción.
Respecto a La jornada laboral previo al feriado de fiestas patrias debe “ser el pactado en el contrato laboral toda modificación de jornada es de común acuerdo con los trabajadores. Hago un llamado para que esto se haga prontamente, porque los trabajadores tienen que prepararse y descansar adecuadamente. Ningún cambio de jornada puede ir en contra de la norma laboral y eso lo estamos fiscalizando desde ahora”.