Decretan Pre Emergencia en Osorno: Las medidas a aplicar son:

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de Los Lagos decretó hoy la resolución de pre emergencia ambiental para la comuna de Osorno, debido a los altos índices de concentración de material particulado PM 2,5 y los riesgos asociados a la salud de la población, especialmente los grupos más vulnerables como adultos mayores, niños y embarazadas.

La medida, decretada por el Comité Técnico de Alerta Sanitaria Ambiental, presidido por diversas instituciones y el Intendente Regional, Nofal Abud, rige para los días lunes 16, martes 17 y miércoles 18, siempre que las condiciones metereológicas se mantengan con “alta presión, bajas temperaturas, ausencia de precipitaciones y malas condiciones de ventilación”, según dice la resolución exenta 725, emitida por la Seremi de Salud.

La resolución se aplica tras el análisis realizado tanto con los datos de la estación de monitoreo El Alba como con los resultados de la dirección meteorológica de la región, “para evitar problemas de salud pública pues tal como lo hemos informado a la población las partículas de material particulado MP 2,5 es altamente dañina para la población de Osorno”, expresó la autoridad.

La pre emergencia se aplica tras constatarse que el material particulado PM 2,5 supera la normativa de 110 ug/m3 (microgramos por metro cúbico).

Las medidas a aplicar en Pre Emergencia Ambiental son:

- Prohibición de funcionamiento de todos tipo de quemas dentro del radio urbano (medida aplicada a toda la ciudad)

- Prohibición de funcionamiento de chimeneas de hogar abierto dentro del radio urbano (medida aplicada en toda la ciudad)

- Prohibición de funcionamiento de fuentes fijas industriales que usen como combustible leña y sus derivados como aserrín, chips, despunte etc, y carbón dentro del radio urbano entre las 18.00 y las 24.00 hrs. (medida aplicada a toda la ciudad).

- Prohibición de funcionamiento de fuentes fijas comerciales y de edificios comunitarios que utilicen como combustible leña, entre las 18.00 y 24.00 hrs, en el perímetro definido.

- Se exceptúan de la prohibición del perímetro definido por la Seremi de Salud los establecimientos asistenciales, educacionales y de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).

Además, se establece la prohibición de actividades deportivas masivas, las actividades físicas que se realicen en las clases de educación física en establecimientos educacionales y actividades físicas al aire libre. También se recomienda el uso de mascarillas a pacientes crónicos, adultos mayores, niños y mujeres embarazadas.

Ricardo Casas Tejeda
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