Seremi de Salud sancionó a empresas y Municipalidad de Valdivia por accidente laboral

El intendente Egon Montecinos y el seremi de Salud, Guillermo Ramírez, informaron que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Los Ríos aplicó multas a las empresas contratistas “Desarrollo de Inversiones Andinas SPA”, “Ingevolt Ltda.” y a la Municipalidad de Valdivia, como empresa mandante, al concluir los sumarios sanitarios por el accidente laboral que costó la vida al trabajador Juan Santana Delgado y que también afectó a su compañero de labores, Mario Soto.

“Se han acreditado múltiples infracciones a la legislación sobre seguridad laboral, no sólo por parte de las empresas contratistas, sino también del mandante, que en este caso es el municipio”, dijo el intendente Montecinos.

“Más allá de las sanciones pecuniarias, lo establecido por el sumario deja en claro que aquí hubo un actuar negligente que no podemos tolerar en nuestra región”, agregó.

Las autoridades explicaron que, mediante tres resoluciones sanitarias (N° 14S10, 14S11 y 14S12), la Seremi de Salud sancionó a las mencionadas empresas y el municipio, luego de acreditar múltiples infracciones a la legislación referida a seguridad laboral y prevención de accidentes del trabajo. Las multas aplicadas ascienden a 150 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) a “Desarrollo de Inversiones Andinas SPA”, 100 UTM a “Ingevolt Ltda.” y 50 UTM a la Municipalidad de Valdivia.

INFRACCIONES

La Resolución Sanitaria N°14S10 estableció que se acreditó la falta de supervisión por parte de la Ilustre Municipalidad de Valdivia, como empresa mandante, sobre las empresas contratistas, en lo referido a la entrega a los trabajadores de los procedimientos de trabajo, inducción y capacitación para la ejecución de sus labores, e información sobre los riesgos que implicaban sus labores. A la Municipalidad también le corresponde responsabilidad en los hechos en atención a no haber exigido tanto a la empresa contratista como a la subcontratista que ejecutaban las labores, el presentar un procedimiento que se hiciera cargo de los riesgos asociados a las faenas.

En tanto, la Resolución Sanitaria N°14S11 estableció, entre otras infracciones, que la empresa “Desarrollo de Inversiones Andinas SPA”, no efectuó supervisión directa y efectiva. “Esta falta de supervisión eficiente queda evidenciada, además, con el Informe Pericial Mecánico de fecha 24 de noviembre de 2014, emitido por el Laboratorio de Criminalística Regional de Temuco de la Policía de Investigaciones de Chile, el cual señala en sus conclusiones que la hipótesis más probable como causante del accidente es que el pasador metálico que unía a la viga del canastillo con el cuerpo de la grúa no fue instalado. Ello revelaría una completa y absoluta falta de supervisión, la cual habría permitido monitorear in situ las seguridades de anclaje de los equipos y maquinarias utilizadas, lo cual asoma como la probable causa de la caída del canastillo en el cual trabajaban los dependientes”, dice el documento sancionatorio.

En el caso de la empresa “Ingevolt Ltda.”, mediante la Resolución Sanitaria N°14S12, se acreditó que no cumplió con la obligación de informar a los trabajadores sobre los riesgos de sus labores. Además, dejó en evidencia la falta de entrega de elementos de protección a los trabajadores accidentados, ya que en ningún listado de entrega proporcionado por la denunciada se contempla la entrega de chaleco salvavidas, teniendo en cuenta el riesgo que implicaba el trabajo en altura sobre curso de agua.


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