Condenan a 7 años de internación en régimen cerrado a menor de edad por violación

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno aplicó la sanción de 7 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social al menor de edad B.C.P.O. en calidad de autor del delitos consumados y reiterados de violación de menor de 14 años y producción de material pornográfico infantil, ilícitos perpetrados entre 2014 y 2015, en Osorno y Puerto Montt.

En fallo unánime (causa rol 83-2016), el tribunal –integrado por los magistrados Patricia Gallardo (presidenta), Edmundo Moller y Claudio Vicuña (redactor)– sancionó, además, al adolescente con la accesoria de someterse a tratamiento de rehabilitación de adicción a las drogas y a cumplir un programa intensivo de actividades socioeducativas y de reinserción social.

El tribunal dio por acreditado que BCPO, violó a su hermana menor -nacida el 23 de abril de 2006- en una ocasión en enero o febrero de 2014, en el domicilio ubicado en calle San Pablo de la comuna de Osorno; en una segunda oportunidad, entre septiembre y octubre de 2015, en un domicilio ubicado en sector Lagunitas de Puerto Montt, y un tercer episodio, el 11 de febrero de 2015, en el domicilio ubicado en Lagunitas, el que grabó con un teléfono celular.

El tribunal determinó, además de los siete años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, "la accesoria de sometimiento a tratamiento de rehabilitación por adicción a las drogas, por el tiempo de la sanción principal o uno menor si las condiciones atingentes de salud son superadas” y que “el adolescente deberá cumplir un programa intensivo de actividades socioeducativas y de reinserción social. Que este plan deberá elaborarse por el Delegado, tomando especialmente en cuenta la escolaridad incompleta, el consumo problemático de drogas y la escasa red social que ha desarrollado a sus dieciochos años de edad. El Plan deberá remitirse a más tardar el día quince de octubre del año en curso ante este Tribunal, ocasión en que se citará a los intervinientes y al Delegado a una audiencia de aprobación de plan. Ofíciese en tales términos”.

Fuente: mtrivera@pjud.cl
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