Acogen demanda y ordenan a centro médico pagar indemnización por conducta culposa

El Segundo Juzgado de Letras de Osorno acogió parcialmente –el miércoles 31 de mayo– la demanda de responsabilidad civil interpuesta por Karina Yanett González Cárdenas, en contra del Centro Médico Cochrane S.A., quien en enero de 2016 concurrió a dicho centro médico para realizarse una ecotomografía, examen que descartó la presencia del cáncer a la tiroides que padece desde 2014, enfermedad que fue ratificada unas semanas más tarde, tras repetir el examen con un especialista distinto.

En el fallo (causa rol 1139- 2016), el magistrado Luis Meza acogió la demanda civil y condenó al centro médico a pagar la suma de $4 millones de pesos por el “daño producido por la conducta civilmente culposa ejecutada por la demandada, más reajustes e intereses (…)”, señala la sentencia. “(…) que la demandada ejecutó la conducta que se ha tenido por acreditada, en forma culposa, toda vez que en la ejecución del examen de fecha 11 de enero de 2016, actuó con negligencia o poco cuidado en la ejecución de los trabajos, en virtud de lo señalado en el artículo 2320 del Código Civil- responsabilidad del hecho de aquellos que estuvieren a su cuidado- produciendo con ello un daño efectivo, consistente en pesar, dolor y desánimo por lo que nos encontramos frente a una conducta que la doctrina ha denominado como cuasidelito civil (…) es innegable inferir, que entre la conducta desplegada por ésta (la demandada), y el daño producido, el que se puede encuadrar como daño moral, es la consecuencia directa de los resultados de los exámenes con contenido diverso, de manera tal que el último requisito de la procedencia de la responsabilidad extra contractual, a juicio de este sentenciador, también se encuentra satisfecha”, sostiene el fallo.

Resolución que agrega: “Que en la especie son hechos acreditados a través de la testimonial en el proceso que el demandante a consecuencia del resultado del primer examen, experimentó una alegría por la mejoría reflejada en el examen ecotomográfico, para luego de 23 días obtener un resultado diverso cambiando su estado de ánimo a tristeza y llanto, y estimar acreditado el daño moral (…)”.

Por lo tanto, concluye: “se acoge parcialmente la demanda de responsabilidad civil extracontractual en juicio ordinario de menor cuantía, deducida a fojas 1 por doña Karina Yanett González Cárdenas, en contra de Centro Médico Cochrane S. A.”.


Fuente:
Maria Teresa Rivera Soto
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