Responsabilidades de empleadores y licencias médicas para trabajadores😷🇨🇱

Seremi del Trabajo, Fernando Gebhard
El Seremi del Trabajo, Fernando Gebhard, hizo un llamado a los empleadores a garantizar las condiciones de salud e higiene a los trabajadores en sus puestos laborales.

Además, exhortó a entregar flexibilidad a sus trabajadores para que se realicen los exámenes preventivos en caso de ser necesario.

El presidente Sebastián Piñera entregó un balance respecto a los contagios por Coronavirus (COVID-19): confirmó 155 personas contagiadas en el país y, de acuerdo a la definición de la Organización de la Salud (OMS), el inicio a la etapa 4 de la pandemia.

Sumadas a las diferentes medidas anunciadas desde La Moneda, el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Fernando Gebhard, hizo un llamado a los empleadores a cumplir con los protocolos y directrices que la autoridad sanitaria establezca.
“Si sus trabajadores pueden realizar sus labores en sus casas y mediante el teletrabajo, les pedimos utilizar esta medida, esto con el fin de no exponerlos. La idea es que todos los que puedan cumplir sus funciones de manera remota, puedan hacerlo en mutuo acuerdo con el empleador” dijo Gebhard.
En caso de que no, el llamado a los empleadores es garantizar todas las condiciones de higiene para que sus trabajadores cumplan su función sin riesgos.





Licencias Médicas

El Seremi Fernando Gebhard explicó que los trabajadores diagnosticados con esta enfermedad tendrán derecho a licencia y a todos los derechos que eso significa, independiente del lugar o forma de contagio.
“Sin embargo, se deberá evaluar si el contagio se dio en una situación laboral o externa. De ser externa, la institución previsional de salud será la responsable del tratamiento (Isapre o Fonasa). De ser laboral, los administradores de seguros y accidentes profesionales deberán hacerse cargo.”, detalló Gebhard.
Seremi del Trabajo, Fernando Gebhard

Actualmente hay 3 grupos de trabajadores que tienen derecho a licencia médica por Coronavirus: los contagiados; los que sean considerados como “contacto estrecho” de un contagiado y los provenientes de 7 países considerados como críticos: España, Italia, Francia, Alemania, Japón, Irán y China.

Esa licencia es por un período máximo de 14 días desde la fecha del contacto.

La licencia médica tiene los mismos requisitos, topes y condiciones que cualquier otra licencia médica por enfermedad.

En este contexto, Gebhard instó a los empleadores a entregar flexibilidad a sus trabajadores para que se realicen los exámenes preventivos en caso de tener sospecha de haber contraído la enfermedad y proporcionarles información actualizada que emane desde la autoridad de salud.



Fuente de la información: Seremi de Trabajo Los Lagos
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