Revocan sobreseimiento de causa contra Presidente de la República

Corte de Valparaíso
Corte de Valparaíso revoca sobreseimiento de causa contra Presidente de la República por delitos contra la salud pública

La Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó la resolución que declaró el sobreseimiento definitivo en contra del Presidente de la República, Miguel Juan Sebastián Piñera Echenique, imputado por delitos contra la salud pública. Ilícito que habría perpetrado durante una ceremonia pública realizada el 20 de diciembre del año pasado, en la comuna de Los Andes.

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La Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó la resolución que declaró el sobreseimiento definitivo en contra del Presidente de la República, Miguel Juan Sebastián Piñera Echenique, imputado por delitos contra la salud pública. Ilícito que habría perpetrado durante una ceremonia pública realizada el 20 de diciembre del año pasado, en la comuna de Los Andes.

En fallo unánime (causa rol 2011-2021), la Quinta Sala del tribunal de alzada porteño –integrada por los ministros Pablo Droppelmann Cuneo, Carolina Figueroa Chandía y la abogada (i) Pamela Prado López– acogió el recurso de apelación deducido por la parte querellante y revocó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Los Andes, el 1 de septiembre recién pasado.
“Atendido el mérito de los antecedentes y no reuniéndose los requisitos del artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal en el sentido que los hechos descritos no sean constitutivos de delito, toda vez que existen situaciones de hecho alegadas por los intervinientes respecto de las cuales no es posible, en este estado de la causa, establecer una afirmación perentoria y visto lo dispuesto en el artículo 253 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de uno de septiembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Andes, que decretó el sobreseimiento definitivo del querellado don MIGUEL JUAN SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE y, en su lugar, se declara que deberá continuarse la tramitación del proceso como en derecho corresponda, por juez no inhabilitado”, sostiene el fallo.


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Fuente: Prensa Poder Judicial
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