Nueva Ley de Género: Las modificaciones que buscan erradicar la violencia contra las mujeres

Nueva Ley de Género: Las modificaciones que buscan erradicar la violencia contra las mujeres
El 14 de junio entró en vigencia la Ley 21.675 en Chile, conocida como la Ley de Género. Esta normativa tiene como principal objetivo erradicar la violencia de género en todas sus formas, no solo en el ámbito intrafamiliar, sino también en el económico, psicológico, sexual y simbólico. El abogado Alejandro Rehbein explicó en una reciente entrevista las implicancias y novedades de esta ley, la cual busca equilibrar las disparidades de género presentes en nuestra sociedad.



Protección integral


La Ley 21.675 no se limita a la violencia física, ya regulada por la normativa existente sobre violencia intrafamiliar. Ahora, se amplía la cobertura para abordar aspectos como la violencia económica, psicológica y simbólica. Esta última, por ejemplo, sanciona la difusión de mensajes o estereotipos que afecten la dignidad de las mujeres, naturalicen relaciones de subordinación o discriminen por razones de género. Un aspecto relevante es la posibilidad de denunciar no solo agresiones físicas, sino también actitudes que perpetúan desigualdades en ámbitos laborales, educativos y familiares.

Violencia económica y su impacto en las Mujeres


Un punto clave de la Ley 21.675 es la inclusión de la violencia económica como una forma de agresión. Rehbein explicó que muchas mujeres, al depender económicamente de sus parejas, se ven obligadas a permanecer en relaciones abusivas por temor a perder su hogar o a no poder mantener a sus hijos. Esta ley busca visibilizar y proteger a las víctimas de estas situaciones, otorgándoles herramientas para denunciar sin quedar desprotegidas.

Medidas  cautelares inmediatas


Una de las principales críticas a la ley anterior era el lapso entre la denuncia de violencia y la audiencia preliminar, lo que dejaba a las víctimas en una situación vulnerable. Con la nueva ley, las medidas cautelares, como el alejamiento del agresor, se aplican de manera inmediata para proteger a las víctimas mientras el proceso judicial avanza. Esto es crucial para evitar que el agresor pueda continuar ejerciendo violencia mientras se espera la audiencia.

Inclusión de la violencia simbólica y política


La Ley 21.675 también introduce el concepto de violencia simbólica, que se refiere a la comunicación que naturaliza estereotipos que afectan la dignidad de una mujer. Un ejemplo sería la ridiculización de mujeres en medios de comunicación o en redes sociales con el fin de perpetuar estereotipos sexistas. Además, la ley aborda la violencia política, es decir, el desmerecimiento de propuestas o ideas de mujeres en cargos públicos por el simple hecho de su género.

Protección a niños en casos de violencia de género


Una disposición controvertida de la Ley 21.675 es la suspensión automática del régimen de visitas de los hijos en casos de denuncias de violencia intrafamiliar. Esta medida busca proteger a los menores de ambientes de riesgo, aunque ha generado debate debido a la posibilidad de que las denuncias sean usadas estratégicamente en conflictos familiares. Según Rehbein, este es uno de los puntos más discutidos de la ley, dado que afecta directamente el vínculo entre los padres y sus hijos.

Un desafío para la sociedad chilena


La implementación de la Ley 21.675 supone un gran desafío tanto para la sociedad como para el sistema judicial chileno. La normativa invita a interpretar las leyes desde una perspectiva de género, reconociendo los desequilibrios estructurales que afectan a las mujeres en diferentes ámbitos de la vida. No obstante, la efectividad de estas disposiciones dependerá de la capacidad del Estado para aplicar las medidas con celeridad y justicia.

En conclusión, la Ley de Género es un avance importante en la lucha por erradicar la violencia contra las mujeres en Chile, proporcionando nuevas herramientas legales y mecanismos de protección. Sin embargo, también plantea retos en cuanto a su implementación y el balance entre los derechos de las víctimas y de los acusados.


Fuente información: Rocío Gambra V.
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