Denuncias de corrupción y hostigamiento: fallo favorece a funcionario de Osorno
Corte de Valdivia: Irregularidades en calificación de enfermedad laboral generan nuevo precedente.
Abogado Juan Carlos Claret Pool:
En un fallo emitido el 16 de enero de 2025, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección presentado por Danny Orlando Contreras Aldana, Jefe de operaciones del Hospital Base de Osorno, quien denunció arbitrariedades en la calificación del origen de una enfermedad que lo afecta. La resolución ordena a la Superintendencia de Seguridad Social realizar un nuevo informe médico para determinar si la dolencia del recurrente tiene un origen laboral o común, tras identificar graves irregularidades en los procedimientos previos.
El conflicto se inició luego de que Contreras denunciara hechos de corrupción en el Hospital Base de Osorno, lo que, según él, desencadenó un ambiente hostil que afectó su salud mental y física. En enero de 2024, la Mutual de Seguridad calificó su afección como una enfermedad profesional, vinculándola directamente a las condiciones laborales. Sin embargo, tras una solicitud del hospital y sin presentar evidencias claras, la Mutual reconsideró su decisión en marzo de ese año, atribuyendo la enfermedad a un origen común.
Ante esta modificación, Contreras recurrió a la Superintendencia de Seguridad Social, que confirmó la resolución de la Mutual en octubre de 2024, sin fundamentar adecuadamente su decisión. Esto llevó al funcionario a presentar un recurso de protección, argumentando la vulneración de sus derechos fundamentales.
La Corte de Apelaciones de Valdivia determinó que la Superintendencia actuó de manera arbitraria e ilegal al no ordenar nuevos exámenes ni diligencias médicas que permitieran establecer objetivamente el origen de la enfermedad. En su resolución, el tribunal concluyó que:
En consecuencia, el fallo obliga a la Superintendencia a elaborar un nuevo informe médico en el plazo más breve posible, fundado en una evaluación exhaustiva de la situación de Contreras.
El abogado Juan Carlos Claret Pool, representante del funcionario, destacó tres puntos clave del fallo:
Claret concluyó que el fallo refuerza la necesidad de que el aparato estatal esté al servicio de las personas, asegurando evaluaciones justas y procedimientos transparentes.
La decisión del tribunal pone en evidencia las tensiones entre las instituciones encargadas de velar por la seguridad social y los derechos de los trabajadores. Este fallo no solo representa un triunfo para Contreras, sino que también establece un estándar más riguroso en la calificación de enfermedades laborales, reduciendo los espacios para arbitrariedades en el futuro.
Fuente información: Agencia MI
Abogado Juan Carlos Claret Pool:
En un fallo emitido el 16 de enero de 2025, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección presentado por Danny Orlando Contreras Aldana, Jefe de operaciones del Hospital Base de Osorno, quien denunció arbitrariedades en la calificación del origen de una enfermedad que lo afecta. La resolución ordena a la Superintendencia de Seguridad Social realizar un nuevo informe médico para determinar si la dolencia del recurrente tiene un origen laboral o común, tras identificar graves irregularidades en los procedimientos previos.
El origen del caso
El conflicto se inició luego de que Contreras denunciara hechos de corrupción en el Hospital Base de Osorno, lo que, según él, desencadenó un ambiente hostil que afectó su salud mental y física. En enero de 2024, la Mutual de Seguridad calificó su afección como una enfermedad profesional, vinculándola directamente a las condiciones laborales. Sin embargo, tras una solicitud del hospital y sin presentar evidencias claras, la Mutual reconsideró su decisión en marzo de ese año, atribuyendo la enfermedad a un origen común.
Ante esta modificación, Contreras recurrió a la Superintendencia de Seguridad Social, que confirmó la resolución de la Mutual en octubre de 2024, sin fundamentar adecuadamente su decisión. Esto llevó al funcionario a presentar un recurso de protección, argumentando la vulneración de sus derechos fundamentales.
El fallo de la Corte
La Corte de Apelaciones de Valdivia determinó que la Superintendencia actuó de manera arbitraria e ilegal al no ordenar nuevos exámenes ni diligencias médicas que permitieran establecer objetivamente el origen de la enfermedad. En su resolución, el tribunal concluyó que:
- La Superintendencia no justificó su decisión con elementos objetivos.
- No se realizaron evaluaciones específicas al afectado, como exige la Ley 16.744, para confirmar la naturaleza laboral o común de la afección.
- La omisión de estas diligencias afectó derechos fundamentales, como la integridad física y psíquica del recurrente, así como su derecho a la igualdad y a prestaciones médicas.
En consecuencia, el fallo obliga a la Superintendencia a elaborar un nuevo informe médico en el plazo más breve posible, fundado en una evaluación exhaustiva de la situación de Contreras.
Implicancias del fallo
El abogado Juan Carlos Claret Pool, representante del funcionario, destacó tres puntos clave del fallo:
- Cambio jurisprudencial: Según Claret, el caso abre una nueva línea de jurisprudencia en la Corte de Apelaciones de Valdivia.
- Límite a la arbitrariedad: La resolución sienta un precedente al exigir estándares más altos en las decisiones médicas y administrativas relacionadas con enfermedades laborales.
- Impacto procesal: Se establece que las instituciones como la Mutual de Seguridad deben actuar de forma acuciosa y evitar resoluciones genéricas, pues estas pueden ser utilizadas para desacreditar denuncias de corrupción u otras acciones legales emprendidas por trabajadores.
Claret concluyó que el fallo refuerza la necesidad de que el aparato estatal esté al servicio de las personas, asegurando evaluaciones justas y procedimientos transparentes.
Un caso emblemático
La decisión del tribunal pone en evidencia las tensiones entre las instituciones encargadas de velar por la seguridad social y los derechos de los trabajadores. Este fallo no solo representa un triunfo para Contreras, sino que también establece un estándar más riguroso en la calificación de enfermedades laborales, reduciendo los espacios para arbitrariedades en el futuro.
Fuente información: Agencia MI