Las sanciones de Trump a la CPI

Las sanciones de Trump a la CPI
Por Pedro Díaz Polanco, Analista Internacional de la Universidad Austral de Chile.

La Corte Penal Internacional (CPI) es la entidad encargada de juzgar a personas acusadas de los crímenes más atroces que la comunidad internacional reconoce, tales como los crímenes de guerra, lesa humanidad, genocidio y el de agresión. Su funcionamiento no ha estado exenta de críticas, ya que se la ha acusado, entre otras, de tener un marcado sesgo asociado a juzgar mayoritariamente a imputados provenientes de África; no obstante, y a pesar de esto, es que resulta válido reconocer que la CPI ha alcanzado una importancia mayúscula en lo que refiere a tener un sistema efectivo de protección de los derechos humanos; sin embargo, y a pesar de esta relevancia, hay potencias, tales como Estados Unidos, Rusia, China e Israel, que no han firmado el Estatuto de Roma, por lo que no reconocen la jurisdicción y la competencia de la Corte. Lo anterior, en aras de evitar que algunos de sus nacionales puedan ser responsabilizados por algún crimen internacional, lo que pudiera comprometer el prestigio de su respectivo Estado.

En ese contexto, el gobierno de Trump -y no conforme con el no reconocimiento de la Corte- ha avanzado en el desprecio de ésta. Lo anterior, en función de aplicar medidas destinadas a afectar su funcionamiento.

Una prueba de lo expuesto fue la firma de una orden ejecutiva, y por la que el gobierno de Trump buscó imponer sanciones a algunos funcionarios de la CPI, entre ellos a Karim Khan, Fiscal de la Corte. Esta medida la adoptó después de que el Alto Tribunal emitiera una orden de arresto internacional contra Benjamín Netanyahu, el Primer Ministro de Israel, por los potenciales crímenes de guerra y de lesa humanidad que se estarían cometiendo en Gaza y que serían de responsabilidad del mandatario judío, lo que ha mermado e invisibilizado el goce y el ejercicio de los derechos humanos del pueblo palestino.

Ahora, y como una segunda derivada de esta medida, y a partir de la investigación que la CPI está llevando a cabo por los crímenes que Israel ha perpetrado en Gaza, fue que Washington impuso sanciones a cuatro jueces de la Corte, ya que -en su visión- la investigación sería ilegal, debido a que Israel no es parte del Estatuto de Roma.

Ante esto, he de señalar que la burda justificación que ofrece Washington no es más que una complicidad criminal y una demostración de una instrumental ignorancia, ya que intencionalmente desconoce a Palestina no sólo como Estado Observador de Naciones Unidas, sino también ignora los derechos que este estatus le confiere, y, que, entre otros, le permite firmar tratados y comprometerse ante la comunidad internacional. En ese contexto, Palestina, y como Estado Observador de Naciones Unidas, al firmar el Estatuto de Roma, aceptó la competencia de la CPI para investigar los crímenes que se cometan en su territorio, aunque estas atrocidades hayan sido cometidas por nacionales de un Estado no firmante del Estatuto de Roma.

Así entonces, y a partir de las medidas que Trump ha impuesto en contra de la CPI y sus funcionarios, es que se evidencia uno de los inconvenientes estructurales que existe en el sistema internacional a la hora de abordar una solución que se ajuste a derecho respecto a lo que es la Ocupación que sufre Palestina, y que no es otro que el cerrado y absoluto apoyo de Washington a Tel Aviv, el que se ofrece sin importar los negativos efectos que las acciones de Israel producen a la población palestina, y que -en esencia. implican sendas violaciones al derecho internacional, al derecho internacional humanitario y al sistema internacional de protección a los derechos humanos.


Fuente información: pedro.diaz@uach.cl
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