Fallo unánime contra Manuel Guerra: Corte habilita juicio por cohecho y prevaricación

Fallo unánime contra Manuel Guerra
En un fallo unánime, la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible la querella de capítulos contra el ex fiscal regional Manuel Guerra Fuenzalida. La resolución permite avanzar en la investigación penal por delitos de cohecho agravado, violación de secreto y prevaricación administrativa.

La Séptima Sala del tribunal de alzada de Santiago acogió este viernes 2 de enero de 2026 la querella de capítulos deducida en contra del ex fiscal regional metropolitano oriente, Manuel Antonio Guerra Fuenzalida. El fallo, dictado de forma unánime bajo el rol 5.615-2025, marca un hito procesal que habilita al Ministerio Público para continuar con la persecución penal del otrora persecutor por hechos de alta connotación pública.

El tribunal, integrado por las ministras Maritza Villadangos, Sandra Araya y el ministro Mauricio Rettig, consideró que se cumplen todos los requisitos legales para acceder a la petición de la fiscalía y los querellantes. Según el dictamen, mientras Guerra ejercía su cargo, poseía potestades decisorias relevantes que habrían sido utilizadas para dictar actos manifiestamente injustos en investigaciones penales estratégicas.

La resolución apunta específicamente a la gestión de Guerra en causas emblemáticas como el "Caso Penta", "Caso Iván Moreira", "Caso Santiago Valdés" y "Caso Exalmar-Dominga". En estas instancias, se atribuye al ex fiscal haber optado por salidas procesales y reformulaciones de cargos que se apartaron de la evidencia recabada y de los criterios técnicos de la propia Fiscalía Nacional.

Al respecto, el fallo sostiene que: "Dichos márgenes encuentran límites en los hechos del caso y en el derecho aplicable, los que, con los antecedentes que obran en esta etapa preliminar, fueron sobrepasados". El tribunal enfatizó que las decisiones cuestionadas carecen de justificación razonable y omitieron hechos previamente acreditados, vulnerando los principios de legalidad, objetividad y probidad.

La querella se sustenta en una serie de antecedentes probatorios que incluyen resoluciones judiciales, correos electrónicos internos, informes de unidades especializadas y declaraciones de otros fiscales y funcionarios. Estos elementos, según la Corte, son suficientes para atribuir provisionalmente la comisión de conductas que revisten el carácter de resoluciones manifiestamente injustas.

Finalmente, la resolución hace extensiva la declaración de admisibilidad a las querellas presentadas por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), la Municipalidad de Vitacura, y los abogados María Inés Horvitz Lennon y Mauricio Daza Carrasco. Con esto, se despeja el camino para que el proceso penal siga las reglas generales contra el ex fiscal regional.


Fuente información: Poder Judicial de Chile
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