Chile: Conoce las excepciones a la prohibición de celulares en colegios
A partir del 4 de marzo de 2026, con el inicio del año escolar, entrará en vigencia la nueva Ley 21.801 que prohíbe el uso de dispositivos móviles en la educación parvularia, básica y media. La normativa busca regular la presencia tecnológica en las aulas, estableciendo un mandato legal para todos los establecimientos educacionales.
La legislación, publicada en el Diario Oficial el pasado 11 de febrero, modifica la Ley General de Educación para restringir el uso de teléfonos celulares durante la jornada educativa. Según el nuevo marco normativo, los recintos escolares tendrán como plazo máximo el 30 de junio del presente año para actualizar sus respectivos reglamentos internos y fijar los mecanismos que aseguren el cumplimiento de esta medida, así como las consecuencias ante su infracción.
A pesar de la restricción general, el texto legal contempla cinco escenarios específicos en los cuales las direcciones de los establecimientos podrán autorizar los equipos. En el ámbito de la inclusión y la salud, se permitirá su utilización si el estudiante presenta necesidades educativas especiales y el dispositivo sirve como ayuda técnica, o si padece una condición médica que requiera monitoreo periódico. Para ambas situaciones, se exigirá la acreditación mediante un certificado profesional.
Asimismo, la normativa exime de la prohibición a aquellas coyunturas consideradas de emergencia, desastre o catástrofe. En el plano académico, el uso de celulares estará autorizado en la educación básica y media exclusivamente cuando resulte útil para la enseñanza, dependiendo de la naturaleza de la actividad curricular. Finalmente, la ley otorga una flexibilidad temporal por motivos de seguridad personal o familiar, siempre y cuando el apoderado lo solicite de manera fundamentada ante las autoridades del recinto educativo.
Fuente: Diario Oficial - Ley 21.801
La legislación, publicada en el Diario Oficial el pasado 11 de febrero, modifica la Ley General de Educación para restringir el uso de teléfonos celulares durante la jornada educativa. Según el nuevo marco normativo, los recintos escolares tendrán como plazo máximo el 30 de junio del presente año para actualizar sus respectivos reglamentos internos y fijar los mecanismos que aseguren el cumplimiento de esta medida, así como las consecuencias ante su infracción.
A pesar de la restricción general, el texto legal contempla cinco escenarios específicos en los cuales las direcciones de los establecimientos podrán autorizar los equipos. En el ámbito de la inclusión y la salud, se permitirá su utilización si el estudiante presenta necesidades educativas especiales y el dispositivo sirve como ayuda técnica, o si padece una condición médica que requiera monitoreo periódico. Para ambas situaciones, se exigirá la acreditación mediante un certificado profesional.
Asimismo, la normativa exime de la prohibición a aquellas coyunturas consideradas de emergencia, desastre o catástrofe. En el plano académico, el uso de celulares estará autorizado en la educación básica y media exclusivamente cuando resulte útil para la enseñanza, dependiendo de la naturaleza de la actividad curricular. Finalmente, la ley otorga una flexibilidad temporal por motivos de seguridad personal o familiar, siempre y cuando el apoderado lo solicite de manera fundamentada ante las autoridades del recinto educativo.
Fuente: Diario Oficial - Ley 21.801

