Osorno: Demanda contra corporación cultura por presencia de asbesto

Máximo Fernando Silva Badilla

Por Máximo Fernando Silva Badilla, Abogado.

En mi firma, tenemos como clientes no tan solo personas naturales, también empresas, que aportan con sus servicios y trabajo, al cumplimiento de una función pública como proveedores del Estado, en Silva & Lopetegui, representamos a la empresa constructora Jaime Patricio Santana Obras Menores E.I.R.L., quienes se adjudicaron una importante licitación en Mercado Público por un valor superior a los 280 millones de pesos.

En plena ejecución de las obras, la empresa se topó con una realidad alarmante que no estaba en las bases: la presencia de asbesto, un mineral altamente tóxico y conocido por provocar cáncer de pulmón. Actuando de buena fe y en estricto rigor profesional, nuestro cliente paralizó esa área y notificó inmediatamente a la Corporación Cultural de Osorno.

¿La respuesta del mandante? Un desentendimiento total. Pretendían obligar a la constructora a asumir en solitario el millonario costo de remoción y disposición sanitaria —una suma no menor a 20 millones de pesos— bajo la presión de continuar los trabajos.

Aceptar esto no solo destruía la rentabilidad de la obra, sino que sentaba un precedente nefasto. Por ello, tomamos la representación y pasamos a la ofensiva: nos negamos a que nuestro cliente subsidiara la negligencia ajena e interpusimos una demanda civil ante el 2° Juzgado de Letras de Osorno. A través de un procedimiento ordinario de mayor cuantía, llevamos a los tribunales el contrato previamente celebrado, haciendo valer una resciliación que el demandado terminó aceptando tácitamente al verse acorralado legalmente, cuestiones que tendrán que resolverse a la luz de la prueba con la dictación de sentencia, que esperamos sea positiva para nuestro representado.

¿Qué es el "Imprevisto" vs. La Responsabilidad Civil del Mandante?

Para abordar el hallazgo de asbesto en Chile, es indispensable comprender que su retiro (altamente regulado por la autoridad sanitaria) no es un simple "imprevisto de obra" que deba salir del bolsillo de quien construye. A diferencia de lo que muchos creen, el mandante (sea el Estado o un privado) tiene la obligación legal de entregar el recinto sin vicios ocultos o advertir sobre la presencia de materiales peligrosos.

Podríamos definir este contraste de la siguiente manera:

"Asumir el retiro del asbesto mediante un 'trato directo' a menudo sacrifica la solvencia de la constructora a cambio de evitar conflictos. La demanda civil, llevada por un abogado litigante, es la herramienta legal que utiliza la fuerza de los tribunales para indagar respecto a posibles incumplimientos contractuales y obligar legalmente a la Corporación Cultural de Osorno en este caso, al pago de indemnizaciones acordes al daño patrimonial, generado en contra de mi representado. Si bien el demandado está desplegando una estrategia ofensiva, cuando demanda reconvencionalmente a mi representado, creemos que esta no tiene mérito suficiente, en conformidad a los hechos que intentaremos reproducir y probar en este juicio.

La clave está en la Litigación: Vicios Ocultos y Perjuicios

Es importante tener presente que en Chile, un buen abogado no busca que la constructora absorba el costo si las bases técnicas ocultaron información vital; busca fundamentar el incumplimiento del contrato para ir a juicio civil y recuperar el capital. Si mi representado hubiese aceptado "hacerse cargo" del asbesto sin investigar, estaría renunciando a derechos reclamar legalmente, la resolución del contrato como en definitiva hemos hecho.

Esta estrategia es la "columna vertebral" para obtener resultados superiores, ya que permite:

  • Medios de Prueba: Se permite en el procedimiento ofrecer e incorporar medios de prueba testimonial, y fundamentalmente la prueba pericial lo alegado no es solo mero capricho sino que es un problema real que funda la pretensión indemnizatoria solicitada por nuestro representado.
  • La Sentencia Definitiva (Indemnización Total): El juez fija el monto del Daño Emergente (el costo de la empresa certificada para retirar el asbesto) y el Lucro Cesante (lo que se dejó de ganar por los meses de paralización), basándose en la ley y las pruebas.

El Miedo a la Paralización y la "Prueba de la Negligencia"

El gran error en estas operaciones es continuar trabajando bajo la amenaza de multas y aceptar, por ejemplo, pequeñas extensiones de plazo que no cubren los meses reales que toma tramitar los permisos de salud para la remoción de asbesto. Una vez paralizada la faena y presentada la demanda civil, nace la etapa de prueba real.

Para conseguir que el mandante pague los sobrecostos, la ley favorece al que litiga bien:

  • La regla del "Vicio Oculto": No importa que el mandante se defienda diciendo que "las bases establecían que el terreno se recibía en el estado en que se encuentra". Un abogado litigante prueba que el asbesto es un riesgo a la salud pública y un vicio estructural que anula cualquier cláusula abusiva de exoneración de responsabilidad.
  • Avaluación del Perjuicio: Si usted logra probar en juicio (con peritajes técnicos y resoluciones de la Seremi) el costo extremo de la disposición de residuos peligrosos, el Juez ordenará cubrirlo. En la simple negociación de obra, esto depende solo del presupuesto que el mandante "quiera" liberar.

Consecuencias de evitar el Juicio Civil

Si las empresas constructoras firman un mal acuerdo de extensión de obra solo por evitar contratar a un abogado o por miedo a "pelear" con el dueño del proyecto, se enfrentan a un déficit irrecuperable. Esto significa que quedan amarrados a absorber costos operativos gigantescos y retrasos que terminan en multas en su contra. Además de tener que despedir trabajadores y no solo perjudicando su economía sino a la familia de ellos.

En el Derecho Civil y de Construcción, la calidad de la defensa es el activo más valioso. Conformarse con negociaciones abusivas de obra no ahorra problemas; solo garantiza que su empresa pierda el capital que legalmente merece recuperar.

Página web: www.legalesjuridico.cl WhatsApp: +56926326129 Instagram: @SilvayLopetegui_ Oficina: Bernardo Ohiggins 580, oficina 6, Osorno. Atendemos y tramitamos en todo Chile.

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