SERNAC: Dictamen aclara exigencias del reglamento de Precio por Unidad de Medida

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Tras la entrada en vigencia del reglamento sobre el Precio por Unidad de Medida (PPUM) en septiembre de 2025, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) emitió un dictamen para detallar las exigencias de esta norma. La medida obliga a supermercados y marketplaces a transparentar el valor por kilo, litro o metro de sus productos.

La normativa, elaborada por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo con la participación activa del SERNAC, tiene como objetivo principal otorgar mayor transparencia a los consumidores, permitiéndoles comparar de manera sencilla y tomar decisiones informadas al momento de comprar, independientemente del formato o envase de los artículos.

Las disposiciones aplican a supermercados en sus plataformas físicas y online, tiendas de conveniencia de cadenas como Oxxo, Ok Market, Pronto Copec o A-Stop, además de marketplaces. Quedan excluidas de esta obligación las microempresas, como los tradicionales almacenes de barrio. En cuanto al formato visual, el reglamento exige que la tipografía del PPUM sea al menos el cincuenta por ciento del tamaño de los caracteres del precio de venta, con un mínimo de medio centímetro de altura en el caso de las tiendas presenciales.

La exigencia abarca a todos los productos nacionales y extranjeros comercializados con una unidad de medida determinada, incluyendo abarrotes, artículos de hogar y cuidado personal. No obstante, existen excepciones contempladas, tales como productos de máquinas expendedoras, porciones no envasadas, comidas preparadas de consumo inmediato y artículos regidos por normativas sectoriales específicas, como es el caso de los medicamentos.

En el ámbito de las promociones y ofertas, el principio rector establece que se debe informar el PPUM de todos los precios finales comunicados al cliente. Esto significa que en promociones del tipo "3x2" o descuentos por porcentaje, el valor por unidad debe ser calculado y exhibido sobre el costo efectivo final. Si la oferta está condicionada a un medio de pago exclusivo, el comercio tiene la obligación de mostrar tanto el PPUM del precio normal como el del precio rebajado.

El SERNAC es la entidad encargada de fiscalizar el estricto cumplimiento de estas disposiciones en el comercio. Las empresas que infrinjan el reglamento se exponen a sanciones económicas que pueden alcanzar las 300 UTM, cifra que bordea los 21 millones de pesos.


Fuente de la información: amiranda@sernac.cl
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