17 años de cárcel : Corte Suprema confirma condena contra ex director de la PDI

Héctor Espinosa.
La Segunda Sala de la Corte Suprema ratificó la condena de 17 años de presidio efectivo contra el ex director general de la PDI, Héctor Espinosa. El tribunal rechazó el recurso de nulidad de su defensa, confirmando su autoría en delitos de malversación de caudales públicos, falsificación de instrumento público y lavado de activos entre 2015 y 2017.

La resolución judicial, dictada de forma unánime bajo el rol 4-2026, fue pronunciada por los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal, integrada por Manuel Antonio Valderrama, María Cristina Gajardo, Juan Cristóbal Mera, y los abogados integrantes Leonor Etcheberry y Carlos Urquieta. La magistratura desestimó tajantemente las presuntas infracciones al debido proceso alegadas por la defensa legal del exjefe policial. De este modo, quedó a firme la sentencia original emanada desde el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, la cual estableció que Héctor Ángel Espinosa Valenzuela deberá cumplir una pena de doce años de cárcel por los ilícitos reiterados de malversación y falsificación, a los que se suman otros cinco años y un día por el delito de lavado de activos. En la misma causa, su cónyuge, María Magdalena Neira Cabrera, también vio ratificada su condena a quinientos cuarenta y un días de presidio como autora de lavado de activos en carácter culposo.

El fallo emitido por el máximo tribunal resulta concluyente al determinar que no existió una inversión de la carga probatoria ni una vulneración a la presunción de inocencia durante el juicio oral llevado a cabo a fines del año dos mil veinticinco. Los magistrados argumentaron que la exigencia de justificar el origen lícito de los millonarios fondos depositados en las cuentas bancarias del exdirector y su esposa no constituye un atentado contra sus garantías fundamentales. Por el contrario, la sentencia subraya que el órgano persecutor logró acreditar, más allá de toda duda razonable, la sustracción progresiva de al menos ciento cuarenta y seis millones de pesos provenientes íntegramente de los gastos reservados asignados a la institución policial a través de la Ley de Presupuestos. El dictamen detalla además que la judicatura actuó con estricto apego al principio acusatorio y la imparcialidad que rige el sistema procesal penal chileno, descartando cualquier vicio de trascendencia que amagara los derechos procesales de la parte y justificara la anulación de la condena.

Este pronunciamiento definitivo marca el cierre definitivo de la vía judicial en uno de los casos de corrupción institucional más graves y emblemáticos que ha enfrentado la policía civil en el último tiempo, consolidando una sanción de alta severidad para las cúpulas del mando de seguridad pública. Con la sentencia plenamente ejecutoriada, el oficial en retiro deberá continuar cumpliendo su extensa pena privativa de libertad al interior del Anexo Penitenciario Capitán Yáber. Paralelamente, el Estado procederá a ejecutar el decomiso ordenado por la justicia sobre diversos bienes e inmuebles vinculados al matrimonio, ubicados en el sector oriente de la capital, los cuales fueron adquiridos y estratificados con los dineros defraudados de las arcas fiscales que originalmente estaban destinadas a labores operativas, de inteligencia y seguridad nacional.


Fuente: Poder Judicial de Chile
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