Fallo por negligencia médica en Osorno: Indemnización de $150 millones
Un fallo judicial en Osorno condenó al Servicio de Salud y al recinto hospitalario al pago de 150 millones de pesos. La medida busca reparar el daño provocado por una grave negligencia obstétrica que terminó con una histerectomía no consentida.
La abogada querellante, Roxana Carrasco, detalló en entrevista con PaísLobo que la paciente presentaba un embarazo de alto riesgo. Pese a esta condición médica, el parto se desarrolló sin la supervisión de un ginecólogo y quedó exclusivamente a cargo de una matrona.
Tras el alumbramiento, que resultó sin complicaciones para el recién nacido, se aplicaron maniobras no permitidas para forzar la expulsión de la placenta. Esta cuestionada acción clínica causó una inversión uterina en la joven madre de 28 años, obligando a su traslado inmediato a pabellón.
En el quirófano de urgencia, los especialistas debieron extirpar el útero para salvarle la vida, truncando su posibilidad de tener más hijos. La víctima enfrentó un coma inducido, transfusiones de sangre y graves secuelas psicológicas que le impidieron el vital apego inicial con su bebé.
El tribunal de instancia basó su resolución condenatoria en peritajes médicos que demostraron el mal manejo clínico y alteraciones en la ficha médica. Además, durante el juicio se comprobó la participación de una alumna en práctica sin contar con el respectivo consentimiento informado de la paciente.
Finalmente, Carrasco enfatizó la necesidad urgente de actualizar los protocolos internos de urgencias obstétricas y erradicar este tipo de violencia en los recintos de salud. Aunque la sentencia aún puede ser apelada en cortes superiores, la defensa confía en la contundencia probatoria de la investigación.
Fuente: Entrevista País Lobo - Rocío Gambra
La abogada querellante, Roxana Carrasco, detalló en entrevista con PaísLobo que la paciente presentaba un embarazo de alto riesgo. Pese a esta condición médica, el parto se desarrolló sin la supervisión de un ginecólogo y quedó exclusivamente a cargo de una matrona.
Tras el alumbramiento, que resultó sin complicaciones para el recién nacido, se aplicaron maniobras no permitidas para forzar la expulsión de la placenta. Esta cuestionada acción clínica causó una inversión uterina en la joven madre de 28 años, obligando a su traslado inmediato a pabellón.
En el quirófano de urgencia, los especialistas debieron extirpar el útero para salvarle la vida, truncando su posibilidad de tener más hijos. La víctima enfrentó un coma inducido, transfusiones de sangre y graves secuelas psicológicas que le impidieron el vital apego inicial con su bebé.
El tribunal de instancia basó su resolución condenatoria en peritajes médicos que demostraron el mal manejo clínico y alteraciones en la ficha médica. Además, durante el juicio se comprobó la participación de una alumna en práctica sin contar con el respectivo consentimiento informado de la paciente.
Finalmente, Carrasco enfatizó la necesidad urgente de actualizar los protocolos internos de urgencias obstétricas y erradicar este tipo de violencia en los recintos de salud. Aunque la sentencia aún puede ser apelada en cortes superiores, la defensa confía en la contundencia probatoria de la investigación.
Fuente: Entrevista País Lobo - Rocío Gambra

