Profesora se querella contra apoderada por injurias y calumnias
Por Máximo Fernando Silva Badilla, Abogado.
En nuestra firma llevamos actualmente en tramitación varias querellas por injurias y calumnias. En ese sentido, hemos sido enfáticos en instruir a las personas que accionen, cuando “los dichos” expresados por un tercero busquen deshonrar, desacreditar o menospreciar abiertamente, afectando con ello la reputación de dicha víctima en un entorno determinado.
Actualmente estamos en un entorno digital, donde la comunicación nunca fue tan expuesta. Es en ese sentido, se sugiere que las personas cuiden las opiniones que puedan verter en los distintos canales de comunicación, recordando que el bien jurídico protegido en el tipo penal, 416, 417 y 418 del Código Penal, es precisamente la “honra”.
CASO DE LA PROFESORA DIFERENCIAL
Mi representada presta servicio como profesora en un jardín infantil de la ciudad de Osorno, una profesional con años de experiencia, con diferentes posgrados, cursos y certificaciones. Esto ocurrió en el mes de marzo del 2026, donde nuestra representada fue ofendida por una apoderada del establecimiento quien comenzó a difundir por WhatsApp dichos difamantes que hizo circular, que desacreditaban y afectan gravemente a la profesora, además fraguó hechos falsos y pruebas adulteradas para afectar su relación laboral con el establecimiento provocando en nuestra cliente una sensación de miedo, ansiedad al verse imputada por algo que no hizo.
PENA SOLICITADA
Este procedimiento en los artículos 400 y siguientes del Código Procesal Penal, la primera audiencia está para junio del presente año, estando a esta fecha notificada por Receptor Judicial, bajo apercibimiento que de no ir al tribunal la imputada se podrá decretar orden de arresto conforme al 33 Código Procesal Penal. La pena solicitada es la de presidio menor en sus grados mínimo a medio, es decir, de 61 días a 3 años.
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