Apuestas online en Chile: SII exige pago de IVA a plataformas digitales
El Servicio de Impuestos Internos emitió una histórica resolución que obliga a las plataformas de apuestas online, casinos virtuales y juegos de azar sin domicilio ni residencia en el país a declarar y pagar el Impuesto al Valor Agregado por todas sus operaciones comerciales en territorio chileno.
A través de la Resolución Exenta N°69, fechada el 2 de junio de 2026, el organismo fiscalizador determinó que los prestadores internacionales deberán incorporarse al sistema simplificado de IVA Digital, sujetándose a las normativas de registro vigentes para contribuyentes extranjeros.
La medida busca fortalecer la equidad tributaria y nivelar la competencia frente a los actores económicos locales. Con esta disposición, el gravamen del 19% se aplicará sobre el monto total de las remuneraciones que las plataformas perciban por los servicios de entretenimiento digital prestados a usuarios domiciliados en Chile.
Asimismo, el dictamen establece un mecanismo retroactivo de regularización fiscal. Aquellas compañías que hayan mantenido operaciones continuas en el mercado nacional durante los últimos 36 períodos tributarios tendrán la obligación de saldar sus deudas mediante la presentación del Formulario 129.
Finalmente, el regulador impositivo aclaró de forma taxativa que este procedimiento se restringe únicamente al ámbito tributario. La resolución no califica la licitud ni otorga una autorización sectorial a las apuestas en línea, materias que siguen bajo la estricta competencia de otros órganos del Estado.
Fuente: Servicio de Impuestos Internos (SII)
A través de la Resolución Exenta N°69, fechada el 2 de junio de 2026, el organismo fiscalizador determinó que los prestadores internacionales deberán incorporarse al sistema simplificado de IVA Digital, sujetándose a las normativas de registro vigentes para contribuyentes extranjeros.
La medida busca fortalecer la equidad tributaria y nivelar la competencia frente a los actores económicos locales. Con esta disposición, el gravamen del 19% se aplicará sobre el monto total de las remuneraciones que las plataformas perciban por los servicios de entretenimiento digital prestados a usuarios domiciliados en Chile.
Asimismo, el dictamen establece un mecanismo retroactivo de regularización fiscal. Aquellas compañías que hayan mantenido operaciones continuas en el mercado nacional durante los últimos 36 períodos tributarios tendrán la obligación de saldar sus deudas mediante la presentación del Formulario 129.
Finalmente, el regulador impositivo aclaró de forma taxativa que este procedimiento se restringe únicamente al ámbito tributario. La resolución no califica la licitud ni otorga una autorización sectorial a las apuestas en línea, materias que siguen bajo la estricta competencia de otros órganos del Estado.
Fuente: Servicio de Impuestos Internos (SII)

