Sernapesca llama a pescadores a revisar su situación en el registro pesquero artesanal
El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) convocó a los pescadores artesanales a revisar su situación en las nóminas preliminares del proceso de caducidades del Registro Pesquero Artesanal (RPA), fijando como plazo fatal el 31 de julio de 2026 para presentar solicitudes de exclusión.
La institución gubernamental desplegó a sus funcionarios para realizar jornadas de atención presencial directamente en las caletas pesqueras de las distintas regiones de la República de Chile, con el objetivo de orientar a las y los usuarios del sector.
El despliegue en terreno busca facilitar la revisión exhaustiva de antecedentes técnicos y jurídicos, además de brindar apoyo directo en la formulación y presentación de las solicitudes de exclusión para aquellos trabajadores que arriesgan la pérdida de sus permisos.
Los usuarios afectados que no asistan a las caletas coordinadas mantienen la facultad de realizar este trámite administrativo o resolver sus dudas directamente de forma presencial en la oficina de Sernapesca más cercana a su domicilio o puerto base.
Al respecto, el director regional de Sernapesca en la Región de Los Lagos, Cristian Hudson, instó formalmente a los pescadores y pescadoras de la zona a verificar su estado con el objeto de evitar la caducidad definitiva de sus respectivas autorizaciones pesqueras.
La autoridad regional, Cristian Hudson, detalló que la institución mantendrá activas las visitas técnicas a las caletas locales de la Región de Los Lagos con el propósito de aclarar dudas normativas y apoyar la tramitación regular de este y otros requerimientos sectoriales.
La normativa vigente en la República de Chile estipula diversas causales legales para la pérdida de los derechos de extracción, las cuales se encuentran tipificadas detalladamente dentro del cuerpo legal de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
El proceso de caducidad actual se fundamenta en las siguientes causales legales y administrativas explícitas:
- Inactividad extractiva prolongada: Aplica a aquellos pescadores artesanales o embarcaciones pesqueras que no registren formalmente ninguna actividad de captura u operación extractiva durante los últimos tres años consecutivos.
- No pago de patente pesquera: Configura la caducidad automática al acumular el no pago de la correspondiente patente pesquera artesanal por un período de dos años consecutivos de ejercicio.
- Certificado de navegabilidad vencido: Se genera al no contar con el certificado de navegabilidad debidamente vigente y emitido por la autoridad competente durante tres años consecutivos.
- Cancelación de matrícula marítima: Ocurre ante la aplicación de la sanción de cancelación de la matrícula de la embarcación dictaminada de forma oficial por la Autoridad Marítima de Chile.
- Fallecimiento del titular: Se ejecuta cuando se constata el deceso del titular de una embarcación sin que se haya regularizado la asignación de la vacante respectiva por un lapso superior a los dos años.
- Infracciones y delitos penales: Se aplica ante la comisión de determinadas infracciones administrativas graves o delitos explícitamente establecidos y sancionados dentro de la normativa pesquera nacional.
Desde la dirección del organismo fiscalizador aclararon de forma enfática que la inclusión actual de un pescador en las nóminas preliminares no constituye bajo ninguna circunstancia una pérdida inmediata de la inscripción en el registro.
Esta etapa administrativa previa opera como una instancia legal de resguardo para que las personas afectadas recopilen y presenten los antecedentes probatorios necesarios que demuestren fehacientemente que la causal de caducidad imputada no llegó a configurarse.
Toda la documentación de respaldo que sea presentada por los pescadores artesanales ante las oficinas públicas debe acreditar rigurosamente que la causal invocada no ocurrió en el período comprendido entre el 1 de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2026.
Una vez que concluya el plazo legal fijado y se complete la revisión técnica de las alegaciones a nivel nacional, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura procederá a decretar la caducidad formal e irreversible de los cupos mediante la dictación de una resolución exenta.
Fuente: fsandoval@sernapesca.cl

