Aumentan sanciones para quienes utilicen estacionamientos para personas con discapacidad
La calificación de la multa subió de "menos grave" a "grave", por lo que quienes incurran en esta falta deberán pagar entre 1 y 1,5 UTM.
Con el fin de desincentivar el mal uso de los estacionamientos para personas con discapacidad y fomentar el respeto por estos espacios reservados, entró en vigencia la modificación de la Ley de Tránsito que eleva las multas para quienes utilizan indebidamente estos estacionamientos, la Seremi Desarrollo Social y Familia, Soraya Said Teuber junto a la Directora Regional de SENADIS, Jessica Droppelmann y representantes del Ministerio de Transporte, dieron a conocer aspectos legales de este importante anuncio.
La Seremi de Desarrollo Social y Familia, Soraya Said Teuber, señaló
En la instancia, la autoridad realizó un llamado a las personas que tengan algún tipo de discapacidad para que se acerquen a SENADIS y soliciten su credencial de discapacidad, lo que les permitirá de manera legal hacer uso de sus derechos antes estas situaciones.
En la región de Los Lagos 140.765 personas tienen algún tipo de discapacidad, tan solo 20.661 personas se encuentran inscritas con credencial de discapacidad los que representa el 14,6% de la población.
La nueva disposición legal anunciada por las autoridades eleva de “menos grave” a “grave” la sanción para quienes utilicen estacionamientos para personas con discapacidad sin acreditar que tienen algún problema de movilidad permanente.
Quienes incurran en esta falta arriesgan multas que van entre las 1 y 1,5 UTM ($ 49.723 a $ 74.584), en comparación a las 0,5 y 1 UTM ($ 24.861 a $ 49.723) que regían anteriormente. En el caso de los reincidentes de infracciones graves, cometidas en los últimos dos años, se les impondrá el doble de la multa, la que se puede elevar hasta al triple en caso de incurrir nuevamente en dicha conducta. Ello, sin perjuicio de las suspensiones o cancelaciones de licencias de conductor.
Por su parte, Cristian Muñoz, representante de la agrupación Cruz del Sur quien también tiene discapacidad y acompañó a las autoridades en la pauta informativa
Por su parte, la Directora Regional de SENADIS, Jessica Droppelmann, hizo hincapié en que
En los edificios habitacionales, se debe contemplar al menos un estacionamiento para personas con discapacidad en el espacio para visitas. Por su parte, en la vía pública, se deben establecer dos estacionamientos exclusivos cada tres cuadras y su ubicación debe ser priorizando los lugares donde se congrega la mayor cantidad de personas.
En cuanto al diseño, estos estacionamientos deben medir 5 metros de largo, 2,5 metros de ancho, más una franja de maniobra de ascenso y descenso del automóvil de 1,1 metros de ancho. A partir de esta franja, se deben comunicar los estacionamientos mediante una ruta accesible hasta la vereda o acceso a la edificación, la que debe ser sin desnivel y, si es que existe, se deben instalar rampas de pendiente.
Además, se debe considerar una correcta demarcación para el espacio del estacionamiento, que incluya el símbolo internacional de accesibilidad en el suelo y la señalización vertical con el mensaje “con Credencial Registro Nacional de Discapacidad”. También se puede destacar el espacio con color azul en el pavimento.
La fiscalización del cumplimiento de esta norma está a cargo de Carabineros e inspectores municipales. Además, los establecimientos comerciales deben velar por el correcto uso de dichos espacios, denunciando a los vehículos infractores que se detienen en estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad. Los estacionamientos preferentes, en tanto, son para personas con movilidad reducida, pero que no necesariamente con discapacidad como es el caso de embarazadas, adultos mayores y otros que presenten movilidad reducida temporal.
Fuente de la información: Carolina Garrido - Ministerio de Desarrollo Social y Familia Los Lagos
Con el fin de desincentivar el mal uso de los estacionamientos para personas con discapacidad y fomentar el respeto por estos espacios reservados, entró en vigencia la modificación de la Ley de Tránsito que eleva las multas para quienes utilizan indebidamente estos estacionamientos, la Seremi Desarrollo Social y Familia, Soraya Said Teuber junto a la Directora Regional de SENADIS, Jessica Droppelmann y representantes del Ministerio de Transporte, dieron a conocer aspectos legales de este importante anuncio.
La Seremi de Desarrollo Social y Familia, Soraya Said Teuber, señaló
“Con esta iniciativa como Gobierno buscamos básicamente establecer una dinámica cultural en nuestro país, basada en los derechos. Hablamos mucho de la inclusión, de la integración, de las personas con discapacidad pero en el momento de dar paso a sus derechos y nosotros ceder a ellos, la verdad es que restaba bastante. Hoy lo que hace la ley es controlar y poner límites a esas faltas, lo que la gente no hace de manera espontánea. Esperamos que la normativa a lo largo de todo Chile desincentive este tipo de mala utilización de los espacios exclusivos”.
En la instancia, la autoridad realizó un llamado a las personas que tengan algún tipo de discapacidad para que se acerquen a SENADIS y soliciten su credencial de discapacidad, lo que les permitirá de manera legal hacer uso de sus derechos antes estas situaciones.
En la región de Los Lagos 140.765 personas tienen algún tipo de discapacidad, tan solo 20.661 personas se encuentran inscritas con credencial de discapacidad los que representa el 14,6% de la población.
La nueva disposición legal anunciada por las autoridades eleva de “menos grave” a “grave” la sanción para quienes utilicen estacionamientos para personas con discapacidad sin acreditar que tienen algún problema de movilidad permanente.
Quienes incurran en esta falta arriesgan multas que van entre las 1 y 1,5 UTM ($ 49.723 a $ 74.584), en comparación a las 0,5 y 1 UTM ($ 24.861 a $ 49.723) que regían anteriormente. En el caso de los reincidentes de infracciones graves, cometidas en los últimos dos años, se les impondrá el doble de la multa, la que se puede elevar hasta al triple en caso de incurrir nuevamente en dicha conducta. Ello, sin perjuicio de las suspensiones o cancelaciones de licencias de conductor.
“Hoy las personas van a pesar dos veces en estacionarse en un sitio para para discapacitados, antes era una falta menos grave hoy es grave, más si se repiten la falta pueden aumentar el doble incluso quitarles la licencia un tiempo. Es muy importante que se haya realizado la modificación a ley” indicó Walter Guerrero, funcionario público que se desempeña en la Seremi de Transporte de Los Lagos quien cuenta con discapacidad física.
Por su parte, Cristian Muñoz, representante de la agrupación Cruz del Sur quien también tiene discapacidad y acompañó a las autoridades en la pauta informativa
“Hago un llamado a la población que sean más conscientes a respetar los estacionamiento para las personas con discapacidad, extiendo el llamado a las autoridades fiscalizar esto, si bien pueden aumentar las multas, es necesaria la fiscalización”.
Por su parte, la Directora Regional de SENADIS, Jessica Droppelmann, hizo hincapié en que
“Para hacer uso de los estacionamientos, las personas con discapacidad o aquellas que las acompañen deben ubicar en el costado inferior izquierdo del parabrisas delantero del vehículo la Credencial de Discapacidad. Hacemos un llamado a todos los encargados a hacer el remarque de los estacionamientos y a toda la población a respetar”.
Aspectos técnicos y del diseño de los estacionamientos
Las autoridades recordaron, además, que los estacionamientos de recintos privados también deben cumplir con un mínimo de espacios exclusivos para este fin. Por ejemplo, si el lugar tiene entre 1 y 20 estacionamientos, debe contar con al menos uno exclusivo para personas con discapacidad. En el caso de los proyectos de nuevos espacios públicos o de los que se remodelen, también deben considerar a lo menos un 1% de estacionamientos de este tipo. Además, deben estar agrupados en una misma zona y dispuestos de tal manera que permitan acceder o salir del vehículo en forma libre y segura, especialmente a personas usuarias de silla de ruedas.En los edificios habitacionales, se debe contemplar al menos un estacionamiento para personas con discapacidad en el espacio para visitas. Por su parte, en la vía pública, se deben establecer dos estacionamientos exclusivos cada tres cuadras y su ubicación debe ser priorizando los lugares donde se congrega la mayor cantidad de personas.
En cuanto al diseño, estos estacionamientos deben medir 5 metros de largo, 2,5 metros de ancho, más una franja de maniobra de ascenso y descenso del automóvil de 1,1 metros de ancho. A partir de esta franja, se deben comunicar los estacionamientos mediante una ruta accesible hasta la vereda o acceso a la edificación, la que debe ser sin desnivel y, si es que existe, se deben instalar rampas de pendiente.
Además, se debe considerar una correcta demarcación para el espacio del estacionamiento, que incluya el símbolo internacional de accesibilidad en el suelo y la señalización vertical con el mensaje “con Credencial Registro Nacional de Discapacidad”. También se puede destacar el espacio con color azul en el pavimento.
La fiscalización del cumplimiento de esta norma está a cargo de Carabineros e inspectores municipales. Además, los establecimientos comerciales deben velar por el correcto uso de dichos espacios, denunciando a los vehículos infractores que se detienen en estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad. Los estacionamientos preferentes, en tanto, son para personas con movilidad reducida, pero que no necesariamente con discapacidad como es el caso de embarazadas, adultos mayores y otros que presenten movilidad reducida temporal.
Fuente de la información: Carolina Garrido - Ministerio de Desarrollo Social y Familia Los Lagos