Delitos sexuales a menores: niegan rebaja a condenados

Delitos sexuales a menores
El Senado aprueba proyecto de ley que niega rebaja de condena a condenados por delitos sexuales a menores

La Sala del Senado aprobó -en general- el proyecto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que excluye del beneficio de rebajar sus condenas, a quienes hayan cometido delitos sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes.
Clínica Alemana Osorno
De forma unánime, el Senado dio visto bueno a la iniciativa que ahora deberá discutirse en particular en la Comisión de Constitución, para continuar con su segundo trámite legislativo, ya que anteriormente fue despachada por la Cámara de Diputados.

La ley vigente establece que aquellas personas que tengan penas privativas de libertad de más de un año, y cumplan con ciertos requisitos, pueden optar a rebajar sus sentencias en 2 meses por cada año de cumplimiento, y luego en 3 meses por cada año de cárcel, al superar la mitad de la pena.

Actualmente, la ley excluye de este beneficio a quienes han cometido homicidio calificado, parricidio y robos violentos, pero excluye a los agresores sexuales de niños, niñas y adolescentes.

Con la nueva ley, no podrían acceder a rebajas de condenas quienes hayan cometido los siguientes delitos del Código Penal: secuestro con violación, sustracción de menores con violación, tortura con violación o abuso sexual agravado, apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes con violación o abuso sexual agravado, violación propia,violación a persona menor de 14 años, estupro, abuso sexual agravado, abuso sexual propio, abuso sexual a persona menor de 14 años, corrupción de menores, producción de material pornográfico infantil, promoción o facilitación de la prostitución de menores, obtención de servicios sexuales por parte de personas menores de edad, comercialización, difusión y adquisición o almacenamiento de material pornográfico infantil, trata calificada de personas, en relación con la explotación sexual y robo con violación, difusión y adquisición o almacenamiento de material pornográfico infantil, trata calificada de personas, en relación con la explotación sexual y robo con violación.difusión y adquisición o almacenamiento de material pornográfico infantil, trata calificada de personas, en relación con la explotación sexual y robo con violación.
Sobre el avance del proyecto, el Seremi de Justicia y DD.HH., Alex Meeder dijo que “es una tremenda noticia seguir avanzando en la aprobación de este proyecto, que va a permitir que todos los agresores sexuales de niños, niñas y adolescentes, cumplan la totalidad de su condena hasta el final, sin tener la posibilidad de acceder al beneficio de reducir su tiempo en prisión. Creemos que es un proyecto muy importante que esperamos pueda ser ley a la brevedad posible”.

La Directora Regional de Sename, Lilian Peña, señaló que “el daño sufrido por las víctimas de estos delitos contra la indemnidad sexual, especialmente cuando se trata de niñas, niños y adolescentes, se transforma en una cicatriz permanente muy difícil de sanar. Desafortunadamente, en muchos casos hemos visto que los beneficios recibidos por los condenados, terminan poniéndolos en libertad antes que incluso sus víctimas puedan comenzar a pensar en reparación. Esto no puede seguir ocurriendo, pues constituye una forma de revictimizar a niñas y niños y sus familias”.

Fuente: Evelyn Miller - Comunicaciones Seremi Justicia
Siguiente Anterior
*****