Pena de 12 años de presidio para autor de homicidio en Osorno

Corte de Apelaciones Valdivia confirma pena de 12 años de presidio efectivo a autor de homicidio en Osorno.

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a Claudio Benedicto Menares González, a la pena efectiva de 12 años, como autor del delito consumado de homicidio. Ilícito perpetrado en junio de 2020, en la ciudad de Osorno,

En fallo unánime (causa rol 661-2021), la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Marcia Undurraga Jensen, Luis Aedo Mora y el abogado (i) Juan Andrés Varas Braun- descartó una errónea aplicación del derecho esgrimida por la defensa Menares González, la cual solicitaba se reconocieran circunstancias atenuantes.

“Que en este caso en concreto, si bien el recurrente alega que ha existido una errónea aplicación del artículo 11 numerales 7° y 9° del Código Penal, en razón de que a su entender se habrían configurado ambas atenuantes, en realidad su cuestionamiento se funda en una impugnación a la forma en que el tribunal valora la prueba para dar por no acreditados los presupuestos fácticos que requieren dichas normas, lo que ha permitido dar a los mismos una calificación jurídica que el recurrente no comparte, cuestión que claramente sitúa sus alegaciones fuera del marco que tanto el legislador, como la doctrina y reiterada jurisprudencia, han definido para la causal que se ha invocado, (…)”, consigna el fallo.

Agregando “Que, conforme a los hechos asentados en el juicio, inalterables por la vía de la causal invocada en este recurso, parece a esta Corte que el encuadre jurídico realizado por el Tribunal a quo es correcto, por cuanto efectivamente, de la manera en que han sido establecidos los hechos, el razonamiento contenido en el considerando transcrito, razona explicando por qué estima que no se configuran los presupuestos fácticos necesarios para tener por acreditada la configuración de las atenuantes invocadas”.

Por lo tanto “se rechaza el recurso de nulidad deducido por la defensa del condenado don Claudio Benedicto Menares González, contra la sentencia de fecha 17 de septiembre de 2021, en causa RUC 2000623767-4, que corresponden a la causa RIT: 77-2021 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, ingresada en esta Corte con el ROL N° 661-2021, por lo que no es nula dicha sentencia, ni el juicio oral que la precedió”.
 
El fallo de primera instancia dio por acreditado que el 20 de junio de 2020, alrededor de las 21:00 horas, al interior del domicilio de la víctima, Eladio Ariel Burgos Villarroel, el condenado, Claudio Benedicto Menares González, se encontraba compartiendo con el dueño de casa y un grupo de familiares de éste, en un momento el acusado encaró a la víctima por encontrarse aparentemente conversando con la pareja de Menares González, lo que llevo a que empezarán a empujarse y a golpearse, oportunidad en que el acusado tomo un cuchillo con el cual apuñaló a la víctima en al menos dos ocasiones, una de las cuales le ocasionó una herida de tipo homicida penetrante torácica, que le ocasionó la muerte.



Fuente: mtrivera@pjud.cl

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