Revocan permiso de operación a Casino de Puerto Varas S. A.

Revocan permiso de operación a Casino de Puerto Varas S. A.
El Consejo Resolutivo de la SCJ revoca permiso de operación de casino de juego a Casino de Puerto Varas S.A.

Haciendo uso de su atribución exclusiva de otorgar, denegar, renovar y revocar los permisos de operación de casinos de juego en el país, incluyendo casinos en vivo, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°19.995, el Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juegos resolvió, en la sesión del 2 de marzo pasado, por la unanimidad de sus miembros, y a partir de los antecedentes entregados por la Superintendencia, revocar el permiso de operación otorgado a Casino de Puerto Varas S.A., en junio de 2018.

Lo anterior, debido al incumplimiento por parte de esta sociedad de la obligación establecida en el artículo 28 de la Ley N°19.995, de construir el proyecto integral de casino aprobado dentro del plazo establecido en la ley (2 años, con la posibilidad de prorrogarlo por un año adicional) el que venció el 1° de agosto de 2021 para el casino de juego.

El procedimiento administrativo de revocación se inició el 2 de agosto de 2021, luego de que los fiscalizadores de la Superintendencia constataran en terreno que, vencido el plazo señalado, el proyecto integral comprometido por la sociedad operadora en la comuna de Puerto Varas, no había sido construido.

Cabe hacer presente que el inicio de este procedimiento fue notificado a la sociedad operadora el 6 de agosto y que el 27 de agosto de 2021 aquella realizó sus descargos. En tanto, el 2 de febrero de 2022, la Superintendencia elevó los antecedentes al Consejo Resolutivo, el que resolvió de la forma antes señalada.

Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo con el artículo 34 de la Ley de Casinos, si el operador considera que la revocación de su permiso ha sido injustificada, podrá recurrir ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro del plazo de diez días siguientes a la fecha de notificación de la resolución de revocación, solicitando que se deje sin efecto.

En este contexto, solo una vez que esta resolución emitida por la Superintendencia -el 10 de marzo pasado-, se encuentre ejecutoriada, corresponde proceder al cobro de las garantías, las que deben mantenerse en todo momento vigentes por parte de la sociedad operadora.

Finalmente, cabe señalar que de acuerdo con la Circular N°84 de la SCJ de 2017, el actual concesionario del Casino Municipal de Puerto Varas podrá seguir funcionando, hasta que el nuevo operador del casino que debe ser licitado entre en funcionamiento.


Fuente: Superintendencia de Casinos de Juegos

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