ESSAL llama a aprovechar subsidios, condonaciones y facilidades para regularizar deudas

ESSAL llama a aprovechar subsidios
Desde ESSAL nuevamente formularon un llamado a todos los clientes que mantengan deuda en la cuenta del agua a aprovechar el subsidio estatal en el marco de la Ley 21.423 y eventuales condonaciones y facilidades de pago de parte de ESSAL, para quienes tuvieron dificultades para pagar su cuenta del agua en periodo de pandemia.

Para ello recomiendan a los clientes consultar su situación en el sitio web www.essal.cl, o contactándose a través de canales de atención, como el correo electrónico essal_ayuda@essal.cl, Fono Ayuda 600 401 4000, o asistiendo a la oficina de atención en la localidad respectiva.

En ESSAL destacaron que la Ley 21.423 regulariza la morosidad derivada de la pandemia, lo que se torna determinante para asegurar la continuidad de los servicios que prestan las compañías sanitarias.

Cifras y rol de la sanitaria

El Gerente de Clientes y Asuntos Externos de ESSAL, Pedro Barría, subrayó que ESSAL contribuirá con 720 millones de pesos para regularizar la deuda de más de 10 mil clientes: “ESSAL aportará a sus clientes que adquirieron deuda en pandemia, cerca de 720 millones de pesos, que equivale al 53% de la deuda total de estos clientes. Esto claramente es una oportunidad para todas las personas que tuvieron dificultades para pagar la cuenta del agua por los problemas impuestos por la pandemia. Nuestro ánimo siempre ha sido el de ser parte de la solución a este tema”.

Beneficio COVID

Pedro Barría, puntualizó que la normativa entrega un subsidio estatal a los usuarios que estén en las siguientes condiciones:
  • Con deuda generada entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.
  • Que registren un consumo promedio mensual igual o menor a 15 metros cúbicos.
  • La deuda acumulada en el periodo indicado será prorrateada en 48 cuotas mensuales, que serán subsidiadas por el Estado por un monto que no superará el 15% del valor de la facturación promedio mensual.
  • El cliente con este beneficio solo deberá pagar su consumo del mes, manteniendo con ello su cuenta al día, lo que es fundamental para no perder el beneficio. Si al pagar la boleta número 48 aún existe algún saldo de la deuda acumulada, la ley establece que será asumida íntegramente por la empresa sanitaria, en este caso, ESSAL S.A.
“Una de las claves del denominado Beneficio COVID es que las personas que hayan generado deuda entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021 y que tengan un consumo promedio mensual menor o igual a 15 metros cúbicos, van a pagar cero peso por esta deuda, porque el Estado, a través de un subsidio, y ESSAL, a través de una eventual condonación, si corresponde, se harán cargo de la deuda generada en este periodo de tiempo”.

El ejecutivo informó que será enviada una carta personalizada al domicilio de cada cliente al que se le reactivará el subsidio. Sin embargo, advirtió que para no perderlo, el cliente debe mantener al día la cuenta del agua. 
La normativa establece que, si un cliente que tiene el Beneficio COVID y acumula tres cuentas del agua impagas, pierde el beneficio. Por eso es tan importante que los clientes retomen el ejercicio de tener al día su cuenta del agua”.


Deudas no cubiertas por Beneficio COVID

Respecto de los clientes que tienen deudas NO COVID (anteriores y/o posteriores al periodo que va del 18 de marzo de 2020 al 31 de diciembre de 2021), ESSAL, en forma exclusiva para los clientes residenciales que postulen hasta el 31 de diciembre de 2022, extenderá facilidades de pago, sin intereses ni multas.

Suspensión de suministro

Barría aclaró que, en el caso que un cliente no pague su cuenta o no suscriba un convenio de pago por deuda anterior o posterior al periodo de pandemia, ESSAL, en virtud de la normativa vigente, procederá a notificar suspensión de suministro por deuda.

Por último, el ejecutivo reiteró a los clientes la recomendación de ingresar al sitio web de la compañía www.essal.cl, para acceder a información detallada sobre este proceso.

Fuente: Álvaro Fernández Hernández - alvaroefh@gmail.com

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