Fedefruta destaca acuerdos aprobados por la Comisi贸n Experta
馃數Fedefruta destaca "rango constitucional" dado a los derechos de aprovechamiento y C贸digo de Aguas en anteproyecto de la Comisi贸n Experta.
Derecho a desarrollar cualquier actividad econ贸mica, constitucionalizaci贸n del nuevo C贸digo de Aguas como marco que regir谩 la gesti贸n de este recurso, el reconocimiento de los derechos de aprovechamiento para el uso y goce del agua, y la prioridad para el consumo humano y uso dom茅stico, son los grandes acuerdos que destaca la Federaci贸n de Productores de Frutas de Chile (Fedefruta), de los art铆culos aprobados, este jueves 25 de mayo, en particular, por parte de la Comisi贸n Experta del nuevo proceso constitucional.
Casi todos estos art铆culos, propuestos por la subcomisi贸n de Derechos Econ贸micos, Sociales, Culturales y Ambientales a votaci贸n, fueron aprobados de manera un谩nime, "con art铆culos que entregan una claridad que no hab铆amos observado en el proceso anterior", dijo el presidente de Fedefruta, Jorge Valenzuela Trebilcock.
El sector productivo del mundo rural y de la fruta, espera que la discusi贸n sobre el uso del agua en la nueva Constituci贸n se mantenga en estos marcos, afirm贸 el representante de los productores frut铆colas.
Derecho a desarrollar cualquier actividad econ贸mica, constitucionalizaci贸n del nuevo C贸digo de Aguas como marco que regir谩 la gesti贸n de este recurso, el reconocimiento de los derechos de aprovechamiento para el uso y goce del agua, y la prioridad para el consumo humano y uso dom茅stico, son los grandes acuerdos que destaca la Federaci贸n de Productores de Frutas de Chile (Fedefruta), de los art铆culos aprobados, este jueves 25 de mayo, en particular, por parte de la Comisi贸n Experta del nuevo proceso constitucional.
Casi todos estos art铆culos, propuestos por la subcomisi贸n de Derechos Econ贸micos, Sociales, Culturales y Ambientales a votaci贸n, fueron aprobados de manera un谩nime, "con art铆culos que entregan una claridad que no hab铆amos observado en el proceso anterior", dijo el presidente de Fedefruta, Jorge Valenzuela Trebilcock.
El sector productivo del mundo rural y de la fruta, espera que la discusi贸n sobre el uso del agua en la nueva Constituci贸n se mantenga en estos marcos, afirm贸 el representante de los productores frut铆colas.
"Tenemos un C贸digo de Aguas actual que se hace cargo de la sequ铆a, de la escasez h铆drica, y del uso responsable en un contexto de disponibilidad adversa como el de hoy, por lo que considerar como base las normas establecidas en el nuevo C贸digo de Aguas, aprobado con amplio respaldo en el Congreso y firmado por el presidente Gabriel Boric, es una alternativa del todo razonable y que entrega much铆sima claridad cuando parta el trabajo de los consejeros electos".
El Presidente de Fedefruta valor贸 tambi茅n que se entregara una certeza con respecto a los derechos de aprovechamiento, pero tambi茅n explicitando que las aguas, en cualquiera de sus estados, son bienes nacionales de uso p煤blico. "Como pa铆s debemos ser tremendamente responsables con algo tan escaso como el agua, y estos acuerdos nos pueden llevar por el camino indicado", agreg贸 Valenzuela, concluyendo que Fedefruta participar谩 en el proceso de los consejeros constitucionales para dar a entender las mejores opciones, con el fin de ayudar a preservar el recurso y asegurarlo para la actual y futuras generaciones, como mandata el anteproyecto constitucional.
Por 煤ltimo, Jorge Valenzuela celebr贸 el art铆culo aprobado sobre el derecho a desarrollar cualquier actividad econ贸mica, "lo que es b谩sico para la din谩mica y bienestar de todas las personas, y naturalmente del mundo rural donde hay todo un ecosistema de colaboraci贸n y de trabajo para sacar las cosas adelante".
Art铆culos aprobados en particular por el pleno de la Comisi贸n Experta
El derecho al agua y al saneamiento, de conformidad a la ley. Es deber del Estado garantizar este derecho a las generaciones actuales y futuras. (22 que pas贸 a ser 24) Prevalecer谩 su uso para el consumo humano y para el uso dom茅stico suficiente.i) Las aguas, en cualquiera de sus estados, son bienes nacionales de uso p煤blico. En consecuencia, su dominio y uso pertenece a todos los habitantes de la naci贸n. En funci贸n del inter茅s p煤blico se constituir谩n derechos de aprovechamiento sobre las aguas, los que podr谩n ser limitados en su ejercicio, de conformidad con la ley. El derecho de aprovechamiento es un derecho real que recae sobre las aguas que confiere a su titular el uso y goce de ellas, de conformidad con las reglas, temporalidad, requisitos y limitaciones que prescribe la ley.
Art铆culo tercero transitorio. Los derechos de aprovechamiento de aguas constituidos, reconocidos o regularizados desde la entrada en vigencia de la ley N°21.435 se regir谩n por las normas establecidas en el C贸digo de Aguas.
Los derechos de aprovechamiento de aguas constituidos, reconocidos o regularizados con anterioridad a la publicaci贸n de dicha ley, se regir谩n por el art铆culo primero transitorio de la misma.
El derecho a desarrollar cualquiera actividad econ贸mica que no sea contraria a la salud p煤blica, al orden p煤blico, o la seguridad de la Naci贸n, en conformidad a la ley. Una ley de quorum calificado podr谩 autorizar al Estado y sus organismos para desarrollar actividades empresariales o participar en ellas. Estas actividades estar谩n sometidas a la legislaci贸n com煤n aplicable a los particulares, sin perjuicio de las excepciones que, por motivos justificados, establezca dicha ley.
Fuente: Prensa Fedefruta - prensa@fedefruta.cl