FNE acusa a PedidosYa y Glovo de colusión
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) ha presentado un requerimiento ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) contra Delivery Hero, matriz de PedidosYa, y Glovo, acusándolas de colusión por un presunto acuerdo para repartirse los mercados de Chile, Perú, Ecuador y Egipto. La FNE solicita una multa de aproximadamente 74 millones de dólares en total, de los cuales 55 millones serían para Delivery Hero y 19 millones para Glovo, una de las sanciones más altas solicitadas en la jurisprudencia chilena en esta materia.
Este caso, que se encuentra en sus fases iniciales, busca esclarecer las circunstancias de la salida de Glovo de Chile en 2019, la cual, según la FNE, no se debió a factores económicos, sino a una exigencia de PedidosYa para bloquear su financiamiento en España, donde Delivery Hero tenía una participación accionaria del 16% en Glovo.
La investigación de la FNE se originó a raíz de un requerimiento presentado ante el TDLC. Según la Fiscalía, el acuerdo colusorio se habría gestado en España, donde Delivery Hero habría condicionado el financiamiento que Glovo necesitaba a su salida de mercados específicos, incluyendo Chile. Esta situación, de ser probada, habría afectado directamente la libre competencia en el sector de delivery en el país, limitando las opciones de los consumidores chilenos y potencialmente generando precios menos competitivos y un servicio de menor calidad al reducir la oferta de proveedores.
Nicolás García Lorca, experto en compliance y socio de García Parot Abogados, explicó que la colusión se define como el acuerdo entre dos actores directos que compiten. En este caso, Glovo y PedidosYa eran competidores directos en Chile, y la salida de Glovo implicó la desaparición de un competidor relevante. García Lorca enfatizó que "cuando tenemos menos competencia en materia de delivery, tenemos menos posibilidades de elegir a un proveedor que probablemente, pudo haber tenido mejores precios, mejor servicio, entre otras cosas. Entonces, con la salida de uno de ellos, quienes finalmente somos afectados somos nosotros los consumidores".
El proceso legal se encuentra en su etapa inicial, con un plazo de treinta días para que las empresas acusadas presenten sus descargos. La defensa de PedidosYa y Glovo argumenta que la salida de Glovo se debió a factores económicos. Sin embargo, esta afirmación ha sido desestimada por ejecutivos que operaban para Glovo en Chile en el momento de su retiro, quienes describieron la salida como "intempestiva" y "sorpresiva", señalando que Glovo había firmado recientemente convenios con empresas importantes como Oxxo y una cadena de restaurantes, lo que hacía prever un crecimiento en el mercado chileno.
La acción de la FNE, al perseguir este tipo de casos que afectan al mercado chileno independientemente de dónde se gesten los acuerdos, envía una "señal potente" al mercado internacional, según García Lorca. Esta señal busca disuadir a otras empresas de incurrir en prácticas colusorias que puedan perjudicar la libre competencia en Chile.
En cuanto a las implicancias para los consumidores, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ya ha anticipado que, en caso de que se demuestre la responsabilidad de Glovo y PedidosYa, exigirá compensaciones para los usuarios afectados. La Ley de Defensa de la Libre Competencia busca proteger este bien jurídico para asegurar que la ley de oferta y demanda funcione eficazmente, permitiendo a los consumidores elegir al proveedor más eficiente en términos de calidad y precio. La salida de Glovo en 2019, justo antes de la pandemia de COVID-19, un periodo en el que los servicios de delivery se volvieron esenciales, habría restringido aún más las opciones de los consumidores en un momento crucial.
Este caso también pone de manifiesto la creciente relevancia de la Ley de Delitos Económicos en Chile, cuya aplicación integral está prevista a partir de septiembre de este año. Si bien esta ley no se aplicará retroactivamente al presente caso debido a que los hechos son anteriores a su entrada en vigencia, su implementación futura incrementará sustantivamente las sanciones para quienes cometan delitos económicos. Nicolás García Lorca señaló que las empresas, tanto pequeñas como medianas y grandes, deben robustecer sus modelos de prevención de delitos y asegurar su implementación efectiva para evitar responsabilidades penales y daños reputacionales y financieros. La colusión es uno de los delitos considerados dentro de esta nueva normativa.
El proceso judicial en el TDLC y las posibles apelaciones posteriores podrían extenderse por varios años. Sin embargo, la determinación de la FNE de perseguir estos casos, incluso aquellos con orígenes internacionales, subraya un endurecimiento de la postura chilena frente a las prácticas anticompetitivas, una tendencia que se alinea con las políticas globales en la materia.
Fuente información: Rocío Gambra
Este caso, que se encuentra en sus fases iniciales, busca esclarecer las circunstancias de la salida de Glovo de Chile en 2019, la cual, según la FNE, no se debió a factores económicos, sino a una exigencia de PedidosYa para bloquear su financiamiento en España, donde Delivery Hero tenía una participación accionaria del 16% en Glovo.
La investigación de la FNE se originó a raíz de un requerimiento presentado ante el TDLC. Según la Fiscalía, el acuerdo colusorio se habría gestado en España, donde Delivery Hero habría condicionado el financiamiento que Glovo necesitaba a su salida de mercados específicos, incluyendo Chile. Esta situación, de ser probada, habría afectado directamente la libre competencia en el sector de delivery en el país, limitando las opciones de los consumidores chilenos y potencialmente generando precios menos competitivos y un servicio de menor calidad al reducir la oferta de proveedores.
Nicolás García Lorca, experto en compliance y socio de García Parot Abogados, explicó que la colusión se define como el acuerdo entre dos actores directos que compiten. En este caso, Glovo y PedidosYa eran competidores directos en Chile, y la salida de Glovo implicó la desaparición de un competidor relevante. García Lorca enfatizó que "cuando tenemos menos competencia en materia de delivery, tenemos menos posibilidades de elegir a un proveedor que probablemente, pudo haber tenido mejores precios, mejor servicio, entre otras cosas. Entonces, con la salida de uno de ellos, quienes finalmente somos afectados somos nosotros los consumidores".
El proceso legal se encuentra en su etapa inicial, con un plazo de treinta días para que las empresas acusadas presenten sus descargos. La defensa de PedidosYa y Glovo argumenta que la salida de Glovo se debió a factores económicos. Sin embargo, esta afirmación ha sido desestimada por ejecutivos que operaban para Glovo en Chile en el momento de su retiro, quienes describieron la salida como "intempestiva" y "sorpresiva", señalando que Glovo había firmado recientemente convenios con empresas importantes como Oxxo y una cadena de restaurantes, lo que hacía prever un crecimiento en el mercado chileno.
La acción de la FNE, al perseguir este tipo de casos que afectan al mercado chileno independientemente de dónde se gesten los acuerdos, envía una "señal potente" al mercado internacional, según García Lorca. Esta señal busca disuadir a otras empresas de incurrir en prácticas colusorias que puedan perjudicar la libre competencia en Chile.
En cuanto a las implicancias para los consumidores, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ya ha anticipado que, en caso de que se demuestre la responsabilidad de Glovo y PedidosYa, exigirá compensaciones para los usuarios afectados. La Ley de Defensa de la Libre Competencia busca proteger este bien jurídico para asegurar que la ley de oferta y demanda funcione eficazmente, permitiendo a los consumidores elegir al proveedor más eficiente en términos de calidad y precio. La salida de Glovo en 2019, justo antes de la pandemia de COVID-19, un periodo en el que los servicios de delivery se volvieron esenciales, habría restringido aún más las opciones de los consumidores en un momento crucial.
Este caso también pone de manifiesto la creciente relevancia de la Ley de Delitos Económicos en Chile, cuya aplicación integral está prevista a partir de septiembre de este año. Si bien esta ley no se aplicará retroactivamente al presente caso debido a que los hechos son anteriores a su entrada en vigencia, su implementación futura incrementará sustantivamente las sanciones para quienes cometan delitos económicos. Nicolás García Lorca señaló que las empresas, tanto pequeñas como medianas y grandes, deben robustecer sus modelos de prevención de delitos y asegurar su implementación efectiva para evitar responsabilidades penales y daños reputacionales y financieros. La colusión es uno de los delitos considerados dentro de esta nueva normativa.
El proceso judicial en el TDLC y las posibles apelaciones posteriores podrían extenderse por varios años. Sin embargo, la determinación de la FNE de perseguir estos casos, incluso aquellos con orígenes internacionales, subraya un endurecimiento de la postura chilena frente a las prácticas anticompetitivas, una tendencia que se alinea con las políticas globales en la materia.
Fuente información: Rocío Gambra