Histórico fallo por tráfico de inmigrante y trata de personas en la región de Los Lagos

· Veredicto, cuya sentencia condenatoria se dará a conocer el próximo 14 de julio, establece jurisprudencia en el marco de la ley de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes promulgada en el 2011. Fiscal Leyla Chahín espera lograr 5 y 20 años de prisión por cada delito, para los dos condenados.

Un hombre y una mujer de nacionalidad ecuatoriana fueron condenados hoy por los delitos de trata de personas con fines de trabajo forzado y tráfico ilícito de migrantes en la región de Los Lagos, en un fallo calificado como histórico por la fiscal persecutora del caso, Leyla Chahín, luego de tres semanas de juicio oral que comenzaron el 22 de mayo y cuya sentencia será dada a conocer el próximo 14 de julio.

El caso que comenzó por una detención por suplantación de identidad, dio paso luego a una investigación de amplio alcance que hoy tiene un matrimonio ecuatoriano en prisión preventiva, tras la lectura del veredicto.

La pareja compuesta por César Gabriel Cabascango Pachito y Rosa Cristina Tambaco Morales fue acusada de ingresar a tres de sus compatriotas como turistas, para utilizarlos luego en el desarrollo de laborales en ferias, en jornadas laborales indignas que duraban hasta 16 horas. Leyla Chahin explicó que espera que la sentencia arroje condenas de 5 años por el delito de tráfico y 20 años por trata de personas, para los dos imputados. “Lo que el legislador, en sintonía con las leyes internacionales, creó estos tipos penales nuevos. En este caso específico, se hizo ingresar al país a personas, mediante engaños, a tres ecuatorianos, uno menor de edad y otro de 18 años, que fueron traídos por otros connacionales con ánimo de lucro”, explicó Leyla Chahín.

Los ciudadanos ecuatorianos condenados, que hicieron una serie de gestiones ante sus víctimas para lograr su retractación durante el tiempo que duró la investigación y el juicio, vulneraron las leyes migratorias, configurando el delito de tráfico de personas, que permiten que los extranjeros vengan al país al menos con una visa temporal para poder trabajar, haciéndose pasar por turistas, para lo cual se les dio dinero a ser exhibido en la Aduana, el cual les fue luego retirado en el mismo bus en que se les trasladaba. “Pero además, en la misma ley 20.507 se sanciona la trata de personas –antes conocida como trata de blancas- con la finalidad de realizar trabajo forzado, por medio de engaño o aprovechamiento de condiciones de vulnerabilidad”, explicó Chahín.

La Sala del Tribunal Oral en lo penal de Osorno donde se ventiló el caso estuvo integrada por los jueces Claudio Vicuña Melo, Edmundo Moller Bianchi y Patricia Gallardo Maldonado, quienes dieron por acreditados tanto el engaño como el aprovechamiento de la vulnerabilidad de los jóvenes por unanimidad. “Hubo retención de documentos, no pago de salarios, no se regularizó la situación migratoria y por lo tanto, esta amenaza de estar ilegales en el país los inhibía de denunciar las condiciones paupérrimas en las que se encontraban, todo lo que fue considerado por el tribunal”.

El veredicto sienta jurisprudencia en el marco de la ley de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes promulgada en el 2011 y para arribar a este se debió realizar un trabajo de alcance internacional en el cual participaron, entre otros, la Fiscalía de Ecuador, la Unidad de Cooperación Internacional del Ministerio Público de Chile y peritos extranjeros.

Fiscal Leyla Chahín - contacto telefónico

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