Mediación Familiar

Alex Meeder Thiers
Por Alex Meeder Thiers, Seremi de Justicia y DD.HH.

Hoy les comentaré aspectos centrales de la Mediación. La ley 19.968 crea los tribunales de familia, en el artículo 103 y siguientes, estableciendo el marco legal de la Mediación Familiar en Chile y entrega su administración al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, fue reformada por la ley 20.286 para incorporar la mediación como una instancia previa a la presentación de una demanda judicial. Entonces, la mediación es un mecanismo de resolución de conflictos en el que un tercero imparcial, sin poder decisorio, llamado mediador, ayuda a las partes a buscar por sí mismas una solución al conflicto y sus acuerdos mediante acuerdos.

Los principios de la mediación son:

El Interés Superior del/a Niño/a es el principio rector de la mediación familiar. Consiste en garantizar a todos los niños y niñas todos los derechos reconocidos por las leyes, su desarrollo y bienestar. 

Voluntariedad: el proceso es voluntario para todos los usuarios para todo el proceso de mediación, desde la notificación hasta el acuerdo. 

Igualdad: debe existir entre las partes una igualdad de condiciones para llegar a un acuerdo, de lo contrario el mediador debe terminar la mediación. 

Confidencialidad: el mediador deberá guardar reserva de todo lo ocurrido durante el proceso de mediación. Excepto en casos de maltrato a niños, niñas o adolescentes o discapacitados. 

Imparcialidad: los mediadores deberán ser imparciales en relación con los participantes de la mediación, no deben realizar actuaciones que comprometan esta imparcialidad. 

Opiniones de terceros: los mediadores deben velar porque se escuchen las opiniones de terceros o que hubieran sido citados al proceso y a los que afecte el resultado del mismo.

Acerca de los tipos de Mediación, éstos son dos: el Lícitado y el Privado. Ambos tipos deben resguardar los intereses de la familia, en las áreas de la salud, comercial, laboral, y el escolar. Ahora, el sistema de mediación licitado funciona como un sistema administrado por la Unidad de Mediación del Ministerio de Justicia y DD.HH. Más de 490 mil usuarios atendidos anualmente y más de 850 mil beneficiaros al año, más de 250 mil causas ingresadas al sistema de mediación cada año, en 161 centros de Mediación Familiar en Chile con un equipo de más de 750 personas que trabajan en los centros a nivel nacional, y 14 de ellos están en nuestra región de Los Lagos.

La Unidad de Mediación y Resolución Alternativa de Conflictos es el área técnica dependiente de la división judicial cuyo rol es contratar el servicio de mediación, auditar e inspeccionar a los Centros de Mediación, administrar el registro de mediadores, y difundir la mediación.

Dentro de los beneficios del sistema de mediación licitado están: rápido acceso y otorgamiento de fecha de atención, es gratuita para el 98,8% de las solicitudes, no requiere abogado porque las partes de presentan a sí mismas, las partes son protagonistas ya que proponen las bases de su acuerdo porque no son impuestas por un tercero, además se logra un valor jurídico del acuerdo y tiene cobertura nacional.

El acceso a la mediación también puede ser electrónico. Es posible pedir hora vía página web, descargar certificados de mediaciones y resoluciones judiciales en forma online, se puede desistir de las solicitudes de causas, se pueden prorrogar causas también, ver las citaciones vigentes, efectuar autoevaluaciones socioeconómicas de las partes.

Sólo este año 2020 se han efectuado 82.227 agendamientos web y se han descargado 202 mil 539 actas y certificados digitales de mediación.

Si es de vuestro interés pueden encontrar más información en www.mediacionchile.cl  ó considerar que la atención es de lunes a viernes entre las 9:00 y las 18:00 horas, en www.facebook.com/sistemamediacionfamiliar



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Comunicado de Prensa / Fuente: Evelyn Miller Navarro / Encargada de Comunicaciones Seremi de justicia y DD.HH.
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