Ley que regula las aplicaciones de transporte
馃數 La iniciativa regular谩 qu茅 se entiende por estas aplicaciones, las obligaciones de estas empresas, los requisitos de los conductores y los veh铆culos, y las garant铆as de seguridad para los pasajeros.
Con 26 votos a favor, uno en contra y una abstenci贸n, la Sala del Senado respald贸 el informe de la Comisi贸n Mixta que consensu贸 una redacci贸n respecto al proyecto que regula las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a trav茅s de ellas se presten, norma m谩s conocida como ley Uber.
Previamente, la C谩mara de Diputadas y Diputados hab铆a hecho lo propio, por lo que ahora el texto qued贸 listo para su tr谩mite de promulgaci贸n de la iniciativa.
La iniciativa determina que las citadas aplicaciones se considerar谩n como empresas de transporte remunerado de pasajeros. As铆, se entender谩 que la plataforma forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte.
Asimismo, define que estas empresas tendr谩n la obligaci贸n de inscribirse en un registro electr贸nico de Empresas de Aplicaci贸n de Transporte (EAT) a cargo de la Subsecretar铆a de Transportes. En 茅l se consignar谩n informaciones de la empresa y de los veh铆culos y conductores asociados.
Los veh铆culos solo podr谩n estar inscritos en una de las regiones en las cuales se encuentre registrada la EAT. La falta de los antecedentes requeridos o su consignaci贸n parcial inhabilitar谩 la inscripci贸n.
En el marco de requisitos de prestaci贸n del servicio, el texto pide que se contraten seguros para los veh铆culos, conductores, pasajeros y terceros. Las empresas deber谩n ser personas jur铆dicas, ser del giro de transporte remunerado de pasajeros y contar con un canal de consulta y reclamos.
Asimismo, demanda informar al usuario la tarifa en forma previa, la que no podr谩 variar. Por otra parte, solicita que solo se registren veh铆culos de propiedad de personas naturales. Del mismo modo, pide que no se registren m谩s de dos veh铆culos totales en el registro por cada propietario. En todo caso, se permite que puedan operar en distintas EAT.
Con el fin de velar por la seguridad de los pasajeros, se establece que los conductores deben contar con una licencia profesional. Junto a ello, se solicita no tener en su certificado de antecedentes especiales anotaciones por delitos de connotaci贸n social. La constancia de delitos puede ser objeto de su eliminaci贸n del registro oficial.
Fuente: Comunicaciones Senado
Con 26 votos a favor, uno en contra y una abstenci贸n, la Sala del Senado respald贸 el informe de la Comisi贸n Mixta que consensu贸 una redacci贸n respecto al proyecto que regula las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a trav茅s de ellas se presten, norma m谩s conocida como ley Uber.
Previamente, la C谩mara de Diputadas y Diputados hab铆a hecho lo propio, por lo que ahora el texto qued贸 listo para su tr谩mite de promulgaci贸n de la iniciativa.
La iniciativa determina que las citadas aplicaciones se considerar谩n como empresas de transporte remunerado de pasajeros. As铆, se entender谩 que la plataforma forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte.
Asimismo, define que estas empresas tendr谩n la obligaci贸n de inscribirse en un registro electr贸nico de Empresas de Aplicaci贸n de Transporte (EAT) a cargo de la Subsecretar铆a de Transportes. En 茅l se consignar谩n informaciones de la empresa y de los veh铆culos y conductores asociados.
Los veh铆culos solo podr谩n estar inscritos en una de las regiones en las cuales se encuentre registrada la EAT. La falta de los antecedentes requeridos o su consignaci贸n parcial inhabilitar谩 la inscripci贸n.
En el marco de requisitos de prestaci贸n del servicio, el texto pide que se contraten seguros para los veh铆culos, conductores, pasajeros y terceros. Las empresas deber谩n ser personas jur铆dicas, ser del giro de transporte remunerado de pasajeros y contar con un canal de consulta y reclamos.
Asimismo, demanda informar al usuario la tarifa en forma previa, la que no podr谩 variar. Por otra parte, solicita que solo se registren veh铆culos de propiedad de personas naturales. Del mismo modo, pide que no se registren m谩s de dos veh铆culos totales en el registro por cada propietario. En todo caso, se permite que puedan operar en distintas EAT.
Con el fin de velar por la seguridad de los pasajeros, se establece que los conductores deben contar con una licencia profesional. Junto a ello, se solicita no tener en su certificado de antecedentes especiales anotaciones por delitos de connotaci贸n social. La constancia de delitos puede ser objeto de su eliminaci贸n del registro oficial.
Fuente: Comunicaciones Senado








