Acusan despido antisindical: Servicio de Salud Osorno responde con dictamen de Contraloría
La Federación FENATS Nacional de Los Lagos denunció el despido de un dirigente gremial del Hospital de Purranque. El Servicio de Salud Osorno respondió que se trata de un contrato por reemplazo ya concluido, amparándose en jurisprudencia de la Contraloría.
Una denuncia por presunta persecución sindical fue enviada por la Federación FENATS Nacional de la Región de Los Lagos a la Ministra de Salud, Ximena Aguilera, solicitando su intervención directa para revertir el despido del funcionario Raúl Ormeño Rauque, administrativo del Hospital de Purranque y dirigente gremial activo.
Según el escrito firmado por el Directorio Regional de la Federación, con fecha 27 de marzo de 2025, la desvinculación instruida por el Subdirector de Recursos Humanos del Servicio de Salud Osorno (SSO), Eduardo Barrientos, constituye una “represalia” tras denuncias por supuestas irregularidades en la gestión del Director del SSO, Rodrigo Alarcón. “Creemos que con este tipo de medidas únicamente se busca tratar de controlar y callar a nuestro gremio”, afirmó la Presidenta Regional Angélica Veloso.
La federación acusa que esta no sería la primera vez que se desvincula a dirigentes gremiales coincidiendo con denuncias sindicales. En el caso del Sr. Ormeño, señalan que ya había sido notificado de término de contrato en enero de 2025, siendo reincorporado gracias a gestiones externas al Director del Servicio.
Consultado por este medio, el Servicio de Salud Osorno respondió que “se trata de un funcionario en calidad de reemplazo, cuyos servicios finalizaron en la institución”. Además, precisó que “la normativa legal no ampara la condición de dirigente gremial en este caso y aplica jurisprudencia de CGR, informe E113388 del 2021”.
En dicho informe, emitido por la Contraloría General de la República, se indica que cuando un dirigente sindical ejerce sus funciones bajo un contrato de suplencia, el fuero gremial no impide la cesación del vínculo laboral al cumplirse el plazo establecido en la designación. La unidad jurídica regional sostiene que la protección del artículo 25 de la Ley N° 19.296 aplica exclusivamente cuando el funcionario tiene estabilidad en un cargo titular, lo que no se da en casos de suplencia.
El documento también aclara que, si la reincorporación del titular del cargo que estaba siendo reemplazado ocurre, cesa la causa que justifica el reemplazo, incluso si el funcionario suplente mantiene calidad de dirigente sindical.
En un oficio interno de agosto de 2022, el entonces Director (S) del Servicio de Salud Osorno, Luis Barrientos García, ya había solicitado apoyo ministerial para resolver situaciones similares que afectaron la continuidad de directivas gremiales en Puerto Octay y Osorno, producto de la finalización de contratos por reemplazo. En el caso de Puerto Octay, una funcionaria también dirigente fue desvinculada al término de su contrato, afectando, según se indicó, el funcionamiento de la base gremial local.
La controversia pone nuevamente en discusión los límites del fuero sindical cuando se trata de funcionarios contratados por suplencias. Mientras la Federación FENATS insiste en que las desvinculaciones son represalias por su labor gremial, el Servicio de Salud Osorno sostiene que ha actuado conforme a derecho y amparado por jurisprudencia de la Contraloría. El conflicto podría escalar judicialmente, ya que la organización no descarta acciones legales para restituir al dirigente afectado.
¿Qué es el fuero sindical?
El fuero sindical es una protección legal que impide el despido de dirigentes gremiales desde su elección hasta seis meses después del término de su mandato. Está establecido en el artículo 25 de la Ley N° 19.296. Sin embargo, según la Contraloría, esta protección no aplica en contratos por suplencia (Ley N° 19.296).
¿Qué dice el dictamen E113388/2021 de la Contraloría?
Este informe de la Contraloría Regional de Los Lagos aclara que los funcionarios en calidad de suplentes no gozan del fuero gremial una vez finalizado el plazo de su designación. La jurisprudencia establece que la administración puede poner término al contrato si ya no existe la causa que lo originó (Dictamen Contraloría 2021, pág. 3).
¿Quién es Raúl Ormeño Rauque?
Es funcionario administrativo del Hospital de Purranque desde 2019 y dirigente sindical, actualmente Tesorero de la base FENATS en Purranque y Secretario de la Federación Regional.
Fuente información: federacionacionalxregion@gmail.com / carlos.lopezm@redsalud.gob.cl
Una denuncia por presunta persecución sindical fue enviada por la Federación FENATS Nacional de la Región de Los Lagos a la Ministra de Salud, Ximena Aguilera, solicitando su intervención directa para revertir el despido del funcionario Raúl Ormeño Rauque, administrativo del Hospital de Purranque y dirigente gremial activo.
Según el escrito firmado por el Directorio Regional de la Federación, con fecha 27 de marzo de 2025, la desvinculación instruida por el Subdirector de Recursos Humanos del Servicio de Salud Osorno (SSO), Eduardo Barrientos, constituye una “represalia” tras denuncias por supuestas irregularidades en la gestión del Director del SSO, Rodrigo Alarcón. “Creemos que con este tipo de medidas únicamente se busca tratar de controlar y callar a nuestro gremio”, afirmó la Presidenta Regional Angélica Veloso.
La federación acusa que esta no sería la primera vez que se desvincula a dirigentes gremiales coincidiendo con denuncias sindicales. En el caso del Sr. Ormeño, señalan que ya había sido notificado de término de contrato en enero de 2025, siendo reincorporado gracias a gestiones externas al Director del Servicio.
Respuesta oficial del Servicio de Salud Osorno
Consultado por este medio, el Servicio de Salud Osorno respondió que “se trata de un funcionario en calidad de reemplazo, cuyos servicios finalizaron en la institución”. Además, precisó que “la normativa legal no ampara la condición de dirigente gremial en este caso y aplica jurisprudencia de CGR, informe E113388 del 2021”.
En dicho informe, emitido por la Contraloría General de la República, se indica que cuando un dirigente sindical ejerce sus funciones bajo un contrato de suplencia, el fuero gremial no impide la cesación del vínculo laboral al cumplirse el plazo establecido en la designación. La unidad jurídica regional sostiene que la protección del artículo 25 de la Ley N° 19.296 aplica exclusivamente cuando el funcionario tiene estabilidad en un cargo titular, lo que no se da en casos de suplencia.
El documento también aclara que, si la reincorporación del titular del cargo que estaba siendo reemplazado ocurre, cesa la causa que justifica el reemplazo, incluso si el funcionario suplente mantiene calidad de dirigente sindical.
En un oficio interno de agosto de 2022, el entonces Director (S) del Servicio de Salud Osorno, Luis Barrientos García, ya había solicitado apoyo ministerial para resolver situaciones similares que afectaron la continuidad de directivas gremiales en Puerto Octay y Osorno, producto de la finalización de contratos por reemplazo. En el caso de Puerto Octay, una funcionaria también dirigente fue desvinculada al término de su contrato, afectando, según se indicó, el funcionamiento de la base gremial local.
La controversia pone nuevamente en discusión los límites del fuero sindical cuando se trata de funcionarios contratados por suplencias. Mientras la Federación FENATS insiste en que las desvinculaciones son represalias por su labor gremial, el Servicio de Salud Osorno sostiene que ha actuado conforme a derecho y amparado por jurisprudencia de la Contraloría. El conflicto podría escalar judicialmente, ya que la organización no descarta acciones legales para restituir al dirigente afectado.
Para entender mejor
¿Qué es el fuero sindical?
El fuero sindical es una protección legal que impide el despido de dirigentes gremiales desde su elección hasta seis meses después del término de su mandato. Está establecido en el artículo 25 de la Ley N° 19.296. Sin embargo, según la Contraloría, esta protección no aplica en contratos por suplencia (Ley N° 19.296).
¿Qué dice el dictamen E113388/2021 de la Contraloría?
Este informe de la Contraloría Regional de Los Lagos aclara que los funcionarios en calidad de suplentes no gozan del fuero gremial una vez finalizado el plazo de su designación. La jurisprudencia establece que la administración puede poner término al contrato si ya no existe la causa que lo originó (Dictamen Contraloría 2021, pág. 3).
¿Quién es Raúl Ormeño Rauque?
Es funcionario administrativo del Hospital de Purranque desde 2019 y dirigente sindical, actualmente Tesorero de la base FENATS en Purranque y Secretario de la Federación Regional.
Fuente información: federacionacionalxregion@gmail.com / carlos.lopezm@redsalud.gob.cl