Funcionarios públicos y sus formas de protección

Máximo Fernando Silva Badilla, Abogado
Por Máximo Fernando Silva Badilla, Abogado.

En esta época del año, es común que muchos funcionarios públicos a contrata se vean en una situación de incertidumbre frente a sus renovaciones anuales, así como también quienes están sufriendo hostigamiento laboral, que vulnera garantías constitucionales en el marco de su relación laboral, para lo cual diseñamos estrategias jurídicas para hacer frente a tales circunstancias.

Actualmente, tramitamos en el Juzgado del Trabajo de Puerto Montt una acción de Tutela Laboral a favor de dos matrones y una funcionaria, quienes trabajan hace más de una década en un Hospital de Puerto Montt. Siempre han sido bien evaluados y sin conflicto alguno con sus jefaturas o colegas.

Sin embargo, conforme a la evidencia tenida a la vista por este letrado, se gestaron legítimas diferencias entre mis representados y una doctora, quien constantemente se habría referido en tono despectivo a la profesión y quehacer de los matrones; doctora esposa del jefe de unidad de mis representados. En razón de aquello, habrían sido denostados, enviándolos, al parecer en modo de represalia, a unidades donde actualmente ven limitadas sus áreas profesionales y su legítima expectativa de avanzar en su carrera funcionaria. Esta decisión -a nuestro parecer-, fue el corolario de una conducta direccionada y atentatoria en contra de los matrones ya referidos.

Frente a esta situación, accionamos tutela laboral amparados por la Ley 21.280, para que el tribunal conozca del fondo del asunto, pidiéndole cautelar las garantías constitucionales lesionadas por tales conductas en contra de mis representados, y con ello ordene que sean restituidos a sus unidades de origen. La fecha de audiencia preparatoria quedó fijada para marzo del 2026, y por el momento tramitamos cautelares que corresponden con arreglo a derecho.

Es importante que los funcionarios públicos, ya sea a “contrata” o a “planta”, se asesoren correctamente para enfrentar los problemas que pudieran generarse en el marco de su relación laboral. En mi firma evaluamos la situación y tramitamos en el marco de la Ley 21.643 (Ley Karin) o del artículo 485 del Código del Trabajo en relación a la Ley 21.280, como también en caso de no renovación a una contrata evaluamos entre la aplicación de la confianza legítima como criterio administrativo zanjado para el resguardo de los intereses de los funcionarios a contrata, o la tutela laboral ya referida. Todas las posibilidades de solución a un conflicto de esta naturaleza se evalúan en mi despacho caso a caso.

Si eres funcionario público y estás en esta situación, te invitamos a contactarnos por nuestros canales: www.legalesjuridico.cl, en nuestras oficinas de Lord Cochrane 677, Osorno, o a nuestro correo contacto@legalejuridico.cl. Tramitamos en todo Chile.


Fuente información: legales.ejuridicofs@gmail.com
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