Condenan a ocho integrantes de red de trata de personas vinculada al Tren de Aragua

Condenan a ocho integrantes de red de trata de personas vinculada al Tren de Aragua
El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó un veredicto condenatorio contra ocho integrantes de una red criminal internacional vinculada a la organización delictiva de origen venezolano conocida como el Tren de Aragua, por el delito de asociación ilícita para la trata de personas con fines de explotación sexual.

La acción judicial, que abarcó delitos perpetrados de manera sistemática entre los años 2021 y 2023, afectó directamente a siete mujeres, entre las cuales se constató la presencia de una víctima menor de edad de 17 años al momento de los hechos. El Instituto Nacional de Derechos Humanos actuó activamente en la causa en su calidad de querellante institucional.

El dictamen judicial estableció la culpabilidad de cinco ciudadanos de nacionalidad venezolana, dos de nacionalidad colombiana y una de nacionalidad chilena. La jefa de la sede de la Región Metropolitana del INDH, Beatriz Contreras, valoró la resolución debido a que incorpora de manera explícita la perspectiva de género y los estándares internacionales de derechos humanos en el análisis del tribunal.

El tribunal desestimó las alegaciones de las defensas y validó la prueba de cargo de la Fiscalía de Chile, ponderando la especial situación de vulnerabilidad, la condición migratoria irregular y el temor fundado de las afectadas, quienes no pudieron prestar declaración presencial en el juicio debido al régimen de violencia, coacción y estricta vigilancia a la que eran sometidas de forma permanente.

Esta resolución judicial constituye la primera condena penal lograda en la Región Metropolitana donde se reconoce y acredita formalmente el vínculo operativo de los imputados con el nexo delictivo del Tren de Aragua. El tribunal del fuero capitalino fijó la audiencia de lectura de la sentencia definitiva para el próximo viernes 17 de julio de 2026.

La tipificación penal de este ilícito en la República de Chile rige desde la promulgación de la Ley Número 20.507 en el año 2011, la cual adecuó el ordenamiento jurídico interno a las directrices del Protocolo de Palermo, persiguiendo la captación, traslado y recepción de personas destinadas a la degradación de la dignidad humana.


Fuente: comunicaciones@indh.cl
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