Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones: Nueva cobranza previsional en Chile
El nuevo Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones comenzó su despliegue institucional bajo el marco de la Ley 21.735 de Reforma Previsional, coordinando a organismos públicos y privados para optimizar la recuperación de fondos pertenecientes a las y los trabajadores.
La Subsecretaría de Previsión Social lideró una jornada técnica de presentación de este modelo, que centraliza la gestión de deudas previsionales declaradas y no pagadas, incrementando la trazabilidad y eficiencia del proceso de cobro en todo el territorio nacional.
El encuentro interinstitucional convocó a las entidades encargadas de la operación del sistema, asegurando una estrategia conjunta entre el Fondo Autónomo de Protección Previsional, la Tesorería General de la República, la Asociación de AFP, el Instituto de Previsión Social y la sociedad SUCC S.A.
El Seremi del Trabajo y Previsión Social de la Región de Los Lagos, Jorge Moreno, explicó que la iniciativa centraliza un trámite que antes realizaba de forma independiente cada administradora, evitando la duplicidad de gestiones judiciales y prejudiciales.
La autoridad regional precisó que la normativa no altera el porcentaje de las cotizaciones ni añade trámites a los cotizantes, concentrándose en agilizar la cobranza desde su fase prejudicial, actualmente a cargo de la Tesorería General de la República.
Por su parte, la Subsecretaria de Previsión Social, Elisa Cabezón Otero, subrayó el impacto de este hito en la protección de los ahorros previsionales, enfatizando que una recuperación oportuna de los recursos incide directamente en el cálculo de las futuras pensiones.
A contar del 1 de junio de 2026, la Tesorería General de la República asumió formalmente la fase prejudicial del cobro, notificando directamente a las empresas deudoras para facilitar la regularización de los montos antes de iniciar acciones en tribunales.
Asimismo, el Director Regional del IPS-ChileAtiende, Marcelo Álvarez Curumilla, puntualizó que la gestión del organismo se orientará a resguardar los fondos del nuevo Seguro Social Previsional, garantizando el financiamiento de los beneficios estatales derivados de la reforma jurídica.
El Director Ejecutivo del Fondo Autónomo de Protección Previsional, Sergio Soto, recalcó que la recaudación oportuna habilitará la sostenibilidad de prestaciones clave como el Bono por Años Cotizados y la Compensación para Mujeres por Expectativa de Vida mediante esta articulación público-privada.
Los pilares operativos y alcances del nuevo modelo institucional se detallan a continuación:
- Vigencia de deudas anteriores: Los montos adeudados con anterioridad a la reforma mantienen su validez legal y seguirán siendo perseguidos bajo las reglas y procedimientos judiciales vigentes de forma paralela.
- Trámites de los trabajadores: Los afiliados no verán alterado su flujo de atención ni requerirán realizar nuevas diligencias, manteniendo sus consultas de saldos en sus respectivas AFP o en los canales de atención del Instituto de Previsión Social.
- Obligaciones del empleador: El proceso de declaración y pago mensual de cotizaciones no sufre modificaciones de forma ni de fondo; los cambios operan exclusivamente de forma interna en la coordinación de las entidades fiscalizadoras y cobradoras.
La implementación regulatoria del Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones forma parte de los compromisos de modernización del Estado chileno, buscando reducir la evasión previsional que históricamente afecta la densidad de cotizaciones de los trabajadores dependientes.
Fuente: Subsecretaría de Previsión Social / Seremía del Trabajo y Previsión Social Región de Los Lagos

