"Compliance", la práctica de la prevención de delitos

Compliance

Durante los últimos años se han expuesto múltiples casos de faltas a las buenas prácticas empresariales y también de faltas a la ética en los negocios dentro de las instituciones de nuestro país, tales como los casos Fuente-Alba, Jueces de Rancagua, Municipalidad de San Ramón, emergencia sanitaria en el sur del país y derrames de petróleo, entre otros. Lo anterior, trae fuertes repercusiones en la ciudadanía.

Por lo mismo, es importante entender qué es el Compliance, cómo opera y qué cambios hay que realizar como país para generar más conciencia en cuanto a las buenas prácticas corporativas, para que disminuyan al mínimo casos como estos.

El Compliance es, en simples palabras, el cómo las empresas llegan a sus resultados finales, manteniéndose dentro de los márgenes que la ley permite, estableciendo procedimientos que garanticen que tanto directivos, empleados y demás agentes relacionados a la institución, cumplan con la regulación vigente a través de un proceso transparente.

“Para lograr lo anterior, es clave identificar y clasificar los riesgos de cometer delitos que tiene una compañía, para así establecer los mecanismos de prevención, gestión, control y reacción necesarios”, afirma Susana Sierra, Directora Ejecutiva de BH Compliance, empresa pionera en certificación de programas de cumplimiento e integridad corporativa.

Delitos de la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y sus modificaciones

En el año 2009 -como parte del plan de incorporación de Chile a la OCDE- se promulgó la ley 
20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, la cual incluyó en su catálogo, los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento de terrorismo. Luego, en el año 2016, se incorporó a la Ley 20.393 el delito de receptación.

En 2018, a partir de la modificación del Código Penal chileno, se publica la Ley 21.121, que modifica nuevamente la Ley 20.393, incorporando cuatro nuevos tipos penales. Esta vez se trata de la administración desleal, el soborno entre privados, la negociación incompatible y la apropiación indebida.

Finalmente, en enero de 2019 se incorporan a la Ley 20.393, cuatro nuevos delitos medioambientales relacionados al Servicio Nacional de Pesca. 


Al respecto, el Gerente legal de BH Compliance, Ramón Montero señala que con la creación de la Ley 20.393 las empresas podrían ser responsables de cualquiera de los delitos antes mencionados, ya sea si son cometidos por sus dueños, controladores, ejecutivos principales o cualquier persona que se encuentre bajo su dirección o supervisión directa, siempre y cuando la empresa se beneficie de ellos y no haya hecho nada para prevenir que esto ocurriera.

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“A partir de la promulgación de esta ley, se comenzó a hablar de Compliance en Chile, a través de la implementación de Modelos de Prevención de Delitos, como una manera de proteger a la empresa ante la eventual ocurrencia de estos delitos”, agrega Montero.

Hoy después de casi 10 años de Compliance, las empresas, tanto públicas como privadas, debiesen tener una conciencia real acerca de los riesgos a los que se encuentran expuestas y las herramientas que existen para poder prevenir dichos riesgos. 

“Aún queda mucho por hacer. Es el momento de comenzar a generar estos cambios estructurales y tomarle el peso a la importancia del Compliance hoy. No debemos seguir viéndolo como un “check list”, sino que debe ser parte de la cultura al interior la empresa”, afirma la Directora Ejecutiva de BH Compliance.


Ejemplo

Para entender a cabalidad acerca de lo que estamos hablando, en BH Compliance tienen un ejemplo concreto: Imaginen que el Gerente Comercial de una empresa, tiene una gran oportunidad de cerrar un negocio millonario, pero para lograrlo debe “sobornar” o en palabras simples, entregar algún regalo o pagar un viaje a la contraparte. Si en esa empresa, existen buenos procesos internos en el control de salidas de caja o en la contratación y pago de proveedores, el gerente no será capaz de sacar el dinero de la compañía para esos fines. Si es que logramos esto, creceremos, ya que significará que los procesos realmente están funcionando”. 

Certificación de Programas de Cumplimiento y Modelos de Prevención de Delitos

Respecto de la certificación de Programas de Cumplimiento y Modelos de Prevención de Delitos, desde la compañía, aseguran que el espíritu de esta certificación, va en pos de la autorregulación de las empresas, de manera que puedan demostrar que están haciendo todo lo posible para prevenir los delitos. Para esto, las entidades, deberán tener procedimientos adecuados para evitar que las malas prácticas no se materialicen al interior de la compañía.

Cabe destacar que, cada vez son más las empresas que están tomando cartas en el asunto cumpliendo así con lo establecido por la Ley, sin embargo lo fundamental es que las empresas entiendan que el Compliance se ha transformado en algo realmente necesario y lógico para el funcionamiento corporativo, más allá de ser una exigencia legal. “Todos jugamos un rol fundamental en la sociedad, no sólo en lo económico, sino también en el cuidado del medioambiente, en lo social y en seguir avanzando para llegar a ser un país cada vez más transparente, que busque el bien común”, finaliza Susana Sierra.

Fuente de la información: Sofía Towsend
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