Cambiar a Carabineros por otra institución

Por Gustavo A. Harcha Andrade, Especialista en Criminalística, Asesor y Capacitador en Seguridad Privada.

La Comisión de DD.HH. de la Convención Constitucional aprobó sustituir a Carabineros por otra entidad. La propuesta busca que la policía sea dirigida por civiles y que coloque los acentos en la defensa de los derechos humanos, no obstante, dicha propuesta deberá ser discutida en el pleno de la ya señalada Convención.

Bueno, para tratar este tema y para instruir un poco a los Convencionales elegidos en votación popular, les quiero comentar que una Constitución establece un sistema de gobierno, define los poderes y funciones de sus instituciones, provee límites sustantivos a su operación, y regula las relaciones entre las instituciones y los ciudadanos. Son conjuntos de reglas y principios que crean, empoderan y limitan las instituciones del gobierno y que garantizan derechos y exigen deberes y obligaciones.

Dentro del Capítulo I, Art. 1° sobre las Bases de la Institucional de la Constitución Política de la República del año 1980 y su casi entera modificación y re-publicación en el año 2005 (que es la actual Constitución que lleva la firma del Ex Presidente Ricardo Lagos) se señalan dos párrafos importantes:

“El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que la Constitución establece”.

“Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional”.

A su turno, el Capítulo IV de la señalada CPR, específicamente en su Art. 24°, entrega al presidente de la República la responsabilidad de la seguridad interior y exterior, bajo el siguiente precepto:

Artículo 24.- El gobierno y la administración del Estado corresponden al presidente de la República, quien es el jefe del Estado.

Su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República, de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Esta responsabilidad se ejerce por medio de los Ministerios, Subsecretarías y Divisiones, que coordinan todos los aspectos relacionados, como son el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Ministerio de Defensa Nacional, según corresponda y recae en las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Orden.

Es por eso, que lo primero que me llama la atención, es cuando se señala que Carabineros de Chile, debe someterse al poder civil. Bueno Convencionales, Carabineros de Chile, desde 1927 y fuera de determinadas excepciones en el tiempo, siempre ha respondido y sometido su obediencia al poder civil, como lo es hoy al Ministerio del Interior y Seguridad Pública en la actualidad, por lo cual me extraña que insistan en ese tema.

Por otro lado, señalar, que Carabineros de Chile, conforme al Art. 101 y siguientes de la propia Constitución en actual vigencia, es una Institución Jerarquizada, Disciplinada, Obediente y no Deliberante, encargada de dar eficacia al derecho, resguardar el orden público y la seguridad pública interior, en todo el territorio de la república.

Si bien, ha estado en el escrutinio público en los últimos años, les quiero comentar que fue la propia Institución que detectó, investigó y ha puesto a disposición de la Fiscalías del Ministerio Público, Tribunales Ordinarios y Especiales, Consejo de Defensa del Estado, Contraloría General de la República y Congreso Nacional, los hechos materia de fraudes, malas prácticas y otros, como del mismo modo, ha puesto tras la rejas a los responsables, y no a unos pocos, sino que a muchos, a diferencia de otras Instituciones y Organizaciones, especialmente de carácter político, o que a lo menos, tienen intereses políticos, partidistas y de poder. Esa es la gran diferencia.

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Por otro lado, nadie hoy en día discute el hecho que la Institución debe ser sometida a un proceso de modernización, reestructuración y adaptación a los tiempos actuales, proceso que ya se inició con firmeza a fines del año 2019 y que considera la formación, desarrollo de carrera, profesionalización, administración de recursos, sistemas de control, entre otros temas, pero sin llegar al punto de considerar las vapuleadas palabras de refundación o eliminación, lo que considero inconcebible.

Es por eso que les señalo a los Convencionales que proponen este tipo de iniciativas, que la reforma Constitucional que Oficializó y Creó la Convención Constitucional, Art. 135 de la CPR, señala que la función para la cual fueron electos, es exclusivamente la de redactar una nueva Carta Fundamental, la cual debe ser sometida a un plebiscito de salida, donde todo el país, los someterá a ustedes al escrutinio del voto, para ver si hicieron bien o no su trabajo.

Entonces, si están haciendo el trabajo que les fue encomendado, y solamente ese trabajo, no incurran en situaciones inconstitucionales, ya que, si se están amparando en su cargo para hacer otra cosa, les quiero recordar que, existe en la propia CPR un Artículo, que les demanda y exige, hacer únicamente lo que les dispuso la ciudadanía:

Artículo 7º.- Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley.

Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.

Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale”.

Entonces por favor, no justifiquen su ideología cargando la mano sobre otras cosas que no les compete. No busquen justificar su pega con politiquerías retrogradas. No fomenten el desconcierto en la ciudadanía. No se crean dueños de la verdad. Pónganse ahora más que nunca en los zapatos de los otros y no los miren del hombro para abajo, tal cual lo criticaban ustedes hace poco. Y no aprovechen la oportunidad de tratar de destruir a una Institución que está próxima a su centenario, para aprovechar de instaurar un sistema de la anomia (estado de desorganización social o aislamiento como consecuencia de la falta o la incongruencia de las normas), ausencia de controles e inobservancia de deberes y obligaciones que no solamente pueden afectar a unos pocos, sino que, a todos los ciudadanos de bien de nuestra patria, con sus símbolos y tradiciones.


Fuente: gustavo.harcha@gmail.com
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