Nueva Ley "Karin": Prevención y sanción de acoso laboral y violencia en el trabajo
El 1 de agosto de 2024, entrará en vigencia en Chile la Ley "Karin", enfocada en la prevención, investigación y sanción del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo. Esta normativa busca crear un ambiente laboral más seguro y respetuoso, y su implementación implica una serie de cambios y requisitos que todas las empresas deberán cumplir.
La Ley "Karin" lleva su nombre en honor a una funcionaria del servicio de salud público que se suicidó debido a actos de acoso y hostigamiento por parte de su jefatura. Esta normativa tiene como objetivo principal proteger a los trabajadores frente a cualquier tipo de acoso o violencia en el entorno laboral, alineándose con el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por Chile en junio de 2023.
La Ley fue aprobada previamente, pero se estableció un período de adaptación para que las empresas pudieran implementar los protocolos necesarios. A partir del 1 de agosto de 2024, todas las empresas en Chile, sin importar su tamaño, deberán tener un protocolo de riesgos psicosociales que identifique y aborde estos riesgos dentro de la organización.
1. Protocolo de riesgos psicosociales: Todas las empresas deben implementar un protocolo que identifique los riesgos psicosociales. Las empresas con más de 10 trabajadores deberán trabajar en conjunto con su mutualidad para desarrollar y aplicar este protocolo.
2. Cuestionario de evaluación: Empresas con menos de 10 trabajadores podrán utilizar un cuestionario específico proporcionado por la Superintendencia de Seguridad Social (SUCESSO).
3. Sistema de denuncias: Las empresas deben establecer un canal de denuncias que permita a los trabajadores reportar casos de acoso o violencia de manera verbal o escrita. Las denuncias pueden ser internas o presentadas directamente ante la Dirección del Trabajo.
4. Investigación y medidas inmediatas: Al recibir una denuncia, el empleador debe iniciar una investigación dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles. Además, debe adoptar medidas inmediatas de resguardo, como la separación física entre el denunciante y el denunciado y la derivación a atención psicológica si es necesario.
5. Capacitación y difusión: Las empresas deben informar y capacitar a sus empleados sobre los protocolos y los canales de denuncia de manera semestral. Esto incluye actualizar el reglamento interno y asegurarse de que todos los trabajadores estén al tanto de las políticas y procedimientos.
El incumplimiento de la Ley "Karin" puede resultar en multas significativas para las empresas. Es esencial que las empresas mantengan su información de contacto actualizada con la Dirección del Trabajo para recibir notificaciones y evitar sanciones.
La Ley "Karin" también se aplica a los trabajadores del sector público, con modificaciones al estatuto administrativo y a las leyes que rigen la administración del estado y las municipalidades. Los protocolos y procedimientos son similares a los del sector privado, asegurando una protección integral para todos los trabajadores en Chile.
Clarita Gallegos Valenzuela, abogada laboralista, aconseja a los empleadores no temer a la nueva normativa y enfocarse en cumplir con los requisitos establecidos, ya que una correcta implementación es fundamental para prevenir sanciones y garantizar un entorno laboral seguro. Para los trabajadores, es crucial informarse y exigir sus derechos, incluyendo la capacitación y el acceso a canales de denuncia.
Fuente información: Rocío Gambra
La Ley "Karin" lleva su nombre en honor a una funcionaria del servicio de salud público que se suicidó debido a actos de acoso y hostigamiento por parte de su jefatura. Esta normativa tiene como objetivo principal proteger a los trabajadores frente a cualquier tipo de acoso o violencia en el entorno laboral, alineándose con el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por Chile en junio de 2023.
La Ley fue aprobada previamente, pero se estableció un período de adaptación para que las empresas pudieran implementar los protocolos necesarios. A partir del 1 de agosto de 2024, todas las empresas en Chile, sin importar su tamaño, deberán tener un protocolo de riesgos psicosociales que identifique y aborde estos riesgos dentro de la organización.
1. Protocolo de riesgos psicosociales: Todas las empresas deben implementar un protocolo que identifique los riesgos psicosociales. Las empresas con más de 10 trabajadores deberán trabajar en conjunto con su mutualidad para desarrollar y aplicar este protocolo.
2. Cuestionario de evaluación: Empresas con menos de 10 trabajadores podrán utilizar un cuestionario específico proporcionado por la Superintendencia de Seguridad Social (SUCESSO).
3. Sistema de denuncias: Las empresas deben establecer un canal de denuncias que permita a los trabajadores reportar casos de acoso o violencia de manera verbal o escrita. Las denuncias pueden ser internas o presentadas directamente ante la Dirección del Trabajo.
4. Investigación y medidas inmediatas: Al recibir una denuncia, el empleador debe iniciar una investigación dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles. Además, debe adoptar medidas inmediatas de resguardo, como la separación física entre el denunciante y el denunciado y la derivación a atención psicológica si es necesario.
5. Capacitación y difusión: Las empresas deben informar y capacitar a sus empleados sobre los protocolos y los canales de denuncia de manera semestral. Esto incluye actualizar el reglamento interno y asegurarse de que todos los trabajadores estén al tanto de las políticas y procedimientos.
El incumplimiento de la Ley "Karin" puede resultar en multas significativas para las empresas. Es esencial que las empresas mantengan su información de contacto actualizada con la Dirección del Trabajo para recibir notificaciones y evitar sanciones.
La Ley "Karin" también se aplica a los trabajadores del sector público, con modificaciones al estatuto administrativo y a las leyes que rigen la administración del estado y las municipalidades. Los protocolos y procedimientos son similares a los del sector privado, asegurando una protección integral para todos los trabajadores en Chile.
Clarita Gallegos Valenzuela, abogada laboralista, aconseja a los empleadores no temer a la nueva normativa y enfocarse en cumplir con los requisitos establecidos, ya que una correcta implementación es fundamental para prevenir sanciones y garantizar un entorno laboral seguro. Para los trabajadores, es crucial informarse y exigir sus derechos, incluyendo la capacitación y el acceso a canales de denuncia.
Fuente información: Rocío Gambra