Confirman fallo contra Concesionaria Los Lagos: Deberá indemnizar a víctimas de accidente
Confirman fallo contra Concesionaria Los Lagos: Deberá indemnizar a víctimas de accidente provocado por animal en la vía.
Un importante precedente en materia de seguridad vial y responsabilidad de las empresas concesionarias ha sentado la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia, al confirmar, con fecha 28 de marzo de 2025, la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Policía Local de Osorno en contra de la Sociedad Concesionaria de Los Lagos S.A. La resolución judicial obliga a la empresa a pagar indemnizaciones a dos conductores que sufrieron un grave accidente el 30 de mayo de 2023, tras colisionar con una vaca en plena Ruta 5 Sur, específicamente en el kilómetro 903.4, en la comuna de San Pablo. El fallo no solo ratificó la negligencia de la concesionaria en el resguardo de la seguridad de la vía, sino que también acogió la solicitud de aumentar la indemnización por daño moral para los afectados.
Los hechos que motivaron este proceso judicial se remontan a la tarde del 30 de mayo de 2023. Alrededor de las 18:50 horas, dos vehículos que transitaban en dirección norte-sur por la Ruta 5 Sur se encontraron sorpresivamente con un animal vacuno que ocupaba la calzada. Según el relato del abogado Víctor Cid Saldivia, quien representó a los dos conductores afectados, el primer vehículo logró esquivar parcialmente al animal, pero el segundo lo impactó de manera frontal. La colisión, descrita como de alta energía, provocó severos daños en ambos automóviles y dejó a sus ocupantes con lesiones de diversa consideración.
En uno de los vehículos siniestrados viajaba una niña de tres años, quien, afortunadamente y gracias al uso correcto de su silla de seguridad, no sufrió lesiones graves, a pesar de que el animal, tras el impacto, terminó sobre el techo del automóvil. Este detalle resalta la violencia del accidente y la potencial gravedad de sus consecuencias.
Tras el accidente, el abogado Víctor Cid Saldivia interpuso una querella infraccional y una demanda civil contra la Sociedad Concesionaria de Los Lagos S.A. El 6 de septiembre de 2024, el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno acogió ambas acciones legales. En su sentencia, el tribunal de primera instancia determinó que la concesionaria había incumplido su deber fundamental de resguardar la seguridad vial en el tramo bajo su administración.
Como resultado, se condenó a la empresa al pago de una multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a $6.729.400 a la fecha del fallo inicial, a beneficio fiscal, por infringir la Ley del Consumidor. Adicionalmente, se ordenó a la concesionaria indemnizar a los dos conductores por los daños materiales y morales sufridos.
No conforme con el monto establecido para el daño moral, que inicialmente se fijó en $500.000 para cada afectado, el abogado Cid Saldivia presentó un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Valdivia. El jurista argumentó que las pruebas presentadas durante el juicio acreditaban un perjuicio emocional significativamente mayor para sus representados.
La Corte de Apelaciones de Valdivia, en su resolución del 28 de marzo de 2025, no solo confirmó la sentencia condenatoria del Juzgado de Policía Local de Osorno, sino que también acogió la solicitud de la defensa de los afectados, elevando la indemnización por daño moral a la suma de $1.000.000 para cada uno. El tribunal de alzada mantuvo además la multa de 100 UTM a beneficio fiscal impuesta a la concesionaria, al considerar que la negligencia demostrada revestía una envergadura tal que ameritaba una sanción ejemplar.
Para el abogado Víctor Cid Saldivia, este fallo de segunda instancia reviste una importancia crucial. "Lo que vino a confirmar este fallo de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia, es que este tipo de conductas por parte de las Concesionarias, no quedarán más impunes, y que los consumidores finales pueden exigir responsabilidades cuando el servicio que prestan no es el óptimo, especialmente cuando hay perjuicios materiales para los usuarios", declaró el profesional.
Añadió que la sentencia "no solo da justicia a mis representados, sino que también demuestra que es posible perseguir la responsabilidad de las empresas concesionarias bajo el amparo de la Ley del Consumidor, más allá de las sanciones infraccionales por materia tránsito, a los dueños de animales involucrados en accidentes".
El abogado Cid Saldivia subrayó que la decisión de la Corte de Apelaciones de Valdivia es "totalmente clave para establecer esas responsabilidades, sentando una base jurisprudencial de relevancia no solo a nivel local, sino ciertamente a nivel nacional". Explicó que existía una ambivalencia en los fallos de diversos tribunales del país sobre este tipo de casos, y que esta sentencia contribuye a establecer de manera más categórica la responsabilidad de las empresas concesionarias.
"Estas empresas, al perseguir un fin de lucro, dado que lo que perciben cada vez que un usuario paga su peaje, no va a parar a las arcas fiscales, sino que al patrimonio de la empresa concesionaria, son responsables en caso accidentes ocurridos en su concesión, al no entregar la seguridad vial que por ley asumieron", enfatizó Cid Saldivia. Por lo tanto, concluyó, "como a cualquier empresa, se le pueden exigir las indemnizaciones correspondientes por daño material y moral que sufran los consumidores finales del servicio". El abogado se mostró satisfecho con el resultado, calificándolo como fruto de un "trabajo meticuloso y profesional".
El caso pone de manifiesto la doble responsabilidad que puede surgir en accidentes de esta naturaleza: por un lado, la del propietario del animal, quien puede ser sancionado por el Juzgado de Policía Local correspondiente en materia de tránsito; y por otro, la de la empresa concesionaria, que debe velar por la seguridad de las rutas que administra y puede ser responsabilizada bajo la Ley del Consumidor ante el mismo tribunal.
Este fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia se considera definitivo en esta instancia y establece un importante precedente para futuras demandas de similar naturaleza a lo largo del país. Refuerza la obligación de las concesionarias de autopistas de mantener las vías libres de obstáculos y peligros para los usuarios, y subraya que el pago de peajes implica el derecho a un servicio seguro y de calidad. Se espera que esta resolución judicial incentive a las empresas concesionarias a extremar las medidas de seguridad y fiscalización en las rutas bajo su cargo, y a su vez, empodere a los consumidores a exigir sus derechos en caso de negligencia.
Fuente información: Álvaro Torres Riobó
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Un importante precedente en materia de seguridad vial y responsabilidad de las empresas concesionarias ha sentado la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia, al confirmar, con fecha 28 de marzo de 2025, la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Policía Local de Osorno en contra de la Sociedad Concesionaria de Los Lagos S.A. La resolución judicial obliga a la empresa a pagar indemnizaciones a dos conductores que sufrieron un grave accidente el 30 de mayo de 2023, tras colisionar con una vaca en plena Ruta 5 Sur, específicamente en el kilómetro 903.4, en la comuna de San Pablo. El fallo no solo ratificó la negligencia de la concesionaria en el resguardo de la seguridad de la vía, sino que también acogió la solicitud de aumentar la indemnización por daño moral para los afectados.
Los hechos que motivaron este proceso judicial se remontan a la tarde del 30 de mayo de 2023. Alrededor de las 18:50 horas, dos vehículos que transitaban en dirección norte-sur por la Ruta 5 Sur se encontraron sorpresivamente con un animal vacuno que ocupaba la calzada. Según el relato del abogado Víctor Cid Saldivia, quien representó a los dos conductores afectados, el primer vehículo logró esquivar parcialmente al animal, pero el segundo lo impactó de manera frontal. La colisión, descrita como de alta energía, provocó severos daños en ambos automóviles y dejó a sus ocupantes con lesiones de diversa consideración.
En uno de los vehículos siniestrados viajaba una niña de tres años, quien, afortunadamente y gracias al uso correcto de su silla de seguridad, no sufrió lesiones graves, a pesar de que el animal, tras el impacto, terminó sobre el techo del automóvil. Este detalle resalta la violencia del accidente y la potencial gravedad de sus consecuencias.
Tras el accidente, el abogado Víctor Cid Saldivia interpuso una querella infraccional y una demanda civil contra la Sociedad Concesionaria de Los Lagos S.A. El 6 de septiembre de 2024, el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno acogió ambas acciones legales. En su sentencia, el tribunal de primera instancia determinó que la concesionaria había incumplido su deber fundamental de resguardar la seguridad vial en el tramo bajo su administración.
Como resultado, se condenó a la empresa al pago de una multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a $6.729.400 a la fecha del fallo inicial, a beneficio fiscal, por infringir la Ley del Consumidor. Adicionalmente, se ordenó a la concesionaria indemnizar a los dos conductores por los daños materiales y morales sufridos.
No conforme con el monto establecido para el daño moral, que inicialmente se fijó en $500.000 para cada afectado, el abogado Cid Saldivia presentó un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Valdivia. El jurista argumentó que las pruebas presentadas durante el juicio acreditaban un perjuicio emocional significativamente mayor para sus representados.
La Corte de Apelaciones de Valdivia, en su resolución del 28 de marzo de 2025, no solo confirmó la sentencia condenatoria del Juzgado de Policía Local de Osorno, sino que también acogió la solicitud de la defensa de los afectados, elevando la indemnización por daño moral a la suma de $1.000.000 para cada uno. El tribunal de alzada mantuvo además la multa de 100 UTM a beneficio fiscal impuesta a la concesionaria, al considerar que la negligencia demostrada revestía una envergadura tal que ameritaba una sanción ejemplar.
Para el abogado Víctor Cid Saldivia, este fallo de segunda instancia reviste una importancia crucial. "Lo que vino a confirmar este fallo de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia, es que este tipo de conductas por parte de las Concesionarias, no quedarán más impunes, y que los consumidores finales pueden exigir responsabilidades cuando el servicio que prestan no es el óptimo, especialmente cuando hay perjuicios materiales para los usuarios", declaró el profesional.
Añadió que la sentencia "no solo da justicia a mis representados, sino que también demuestra que es posible perseguir la responsabilidad de las empresas concesionarias bajo el amparo de la Ley del Consumidor, más allá de las sanciones infraccionales por materia tránsito, a los dueños de animales involucrados en accidentes".
El abogado Cid Saldivia subrayó que la decisión de la Corte de Apelaciones de Valdivia es "totalmente clave para establecer esas responsabilidades, sentando una base jurisprudencial de relevancia no solo a nivel local, sino ciertamente a nivel nacional". Explicó que existía una ambivalencia en los fallos de diversos tribunales del país sobre este tipo de casos, y que esta sentencia contribuye a establecer de manera más categórica la responsabilidad de las empresas concesionarias.
"Estas empresas, al perseguir un fin de lucro, dado que lo que perciben cada vez que un usuario paga su peaje, no va a parar a las arcas fiscales, sino que al patrimonio de la empresa concesionaria, son responsables en caso accidentes ocurridos en su concesión, al no entregar la seguridad vial que por ley asumieron", enfatizó Cid Saldivia. Por lo tanto, concluyó, "como a cualquier empresa, se le pueden exigir las indemnizaciones correspondientes por daño material y moral que sufran los consumidores finales del servicio". El abogado se mostró satisfecho con el resultado, calificándolo como fruto de un "trabajo meticuloso y profesional".
El caso pone de manifiesto la doble responsabilidad que puede surgir en accidentes de esta naturaleza: por un lado, la del propietario del animal, quien puede ser sancionado por el Juzgado de Policía Local correspondiente en materia de tránsito; y por otro, la de la empresa concesionaria, que debe velar por la seguridad de las rutas que administra y puede ser responsabilizada bajo la Ley del Consumidor ante el mismo tribunal.
Este fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia se considera definitivo en esta instancia y establece un importante precedente para futuras demandas de similar naturaleza a lo largo del país. Refuerza la obligación de las concesionarias de autopistas de mantener las vías libres de obstáculos y peligros para los usuarios, y subraya que el pago de peajes implica el derecho a un servicio seguro y de calidad. Se espera que esta resolución judicial incentive a las empresas concesionarias a extremar las medidas de seguridad y fiscalización en las rutas bajo su cargo, y a su vez, empodere a los consumidores a exigir sus derechos en caso de negligencia.
Fuente información: Álvaro Torres Riobó
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