Corte Suprema condena a Salmones Blumar
La Corte Suprema condenó a la empresa Salmones Blumar S.A. al pago de una multa de 500 UTM y a la suspensión de operaciones por un ciclo productivo en su centro de cultivo "Concheo 2". La sanción, informada este miércoles 5 de noviembre por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), se fundamenta en la entrega de información falsa sobre el inicio de un tratamiento antiparasitario en noviembre de 2019, lo cual constituye un incumplimiento del Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de Caligidosis.
El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) informó este miércoles sobre la resolución final de la Corte Suprema que sanciona a la empresa Salmones Blumar S.A. por la entrega de información falsa durante un procedimiento de fiscalización sanitaria.
La decisión del máximo tribunal del país revoca una sentencia previa de la Corte de Apelaciones de Coyhaique, la cual, en una instancia anterior, había absuelto a la empresa salmonera. Según el dictamen de segunda instancia que ahora queda sin efecto, la corte de alzada estimó "que no había elemento de convicción que permitiera concluir que ésta haya tenido el deliberado, estudiado y reflexionado propósito de engañar a la autoridad fiscalizadora". La Corte Suprema, sin embargo, revirtió esta interpretación y confirmó la sanción.
Los hechos que motivaron la denuncia ocurrieron en noviembre de 2019, durante una fiscalización de rutina realizada por personal de Sernapesca en el centro de cultivo “Concheo 2”, propiedad de Salmones Blumar S.A.
En esa instancia, los operarios de la empresa informaron a los fiscalizadores que el tratamiento antiparasitario requerido había comenzado el 24 de noviembre de 2019. Sin embargo, la investigación del servicio determinó que la compañía inició dicho tratamiento después de la fecha informada.
El punto crítico de la infracción radica en que el tratamiento se aplicó una vez que la ventana oficial de baño (el período autorizado para realizar el tratamiento) establecida previamente por Sernapesca había finalizado. Esta acción constituye un incumplimiento directo a lo dispuesto en el Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de Caligidosis.
Tras conocerse la resolución de la Suprema, la directora regional de Sernapesca en Aysén, Daniela Leiva, valoró la decisión y enfatizó la gravedad de la falta. “La entrega de información falsa es una falta grave que no podemos permitir, y en este sentido, valoramos la decisión de la Corte Suprema, que respalda y valida nuestro rol fiscalizador para asegurar el cumplimiento de la ley tanto en el sector acuícola como pesquero”, declaró Leiva.
Con la sentencia firme, Salmones Blumar S.A. deberá hacer efectivo el pago de una multa ascendente a 500 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) y, además, deberá suspender las operaciones en el centro “Concheo 2” durante un ciclo productivo completo.
Fuente información: https://www.sernapesca.cl/noticias/condenan-a-salmones-blumar-s-a-al-pago-de-millonaria-multa-y-suspension-de-operaciones/
El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) informó este miércoles sobre la resolución final de la Corte Suprema que sanciona a la empresa Salmones Blumar S.A. por la entrega de información falsa durante un procedimiento de fiscalización sanitaria.
La decisión del máximo tribunal del país revoca una sentencia previa de la Corte de Apelaciones de Coyhaique, la cual, en una instancia anterior, había absuelto a la empresa salmonera. Según el dictamen de segunda instancia que ahora queda sin efecto, la corte de alzada estimó "que no había elemento de convicción que permitiera concluir que ésta haya tenido el deliberado, estudiado y reflexionado propósito de engañar a la autoridad fiscalizadora". La Corte Suprema, sin embargo, revirtió esta interpretación y confirmó la sanción.
Los hechos que motivaron la denuncia ocurrieron en noviembre de 2019, durante una fiscalización de rutina realizada por personal de Sernapesca en el centro de cultivo “Concheo 2”, propiedad de Salmones Blumar S.A.
En esa instancia, los operarios de la empresa informaron a los fiscalizadores que el tratamiento antiparasitario requerido había comenzado el 24 de noviembre de 2019. Sin embargo, la investigación del servicio determinó que la compañía inició dicho tratamiento después de la fecha informada.
El punto crítico de la infracción radica en que el tratamiento se aplicó una vez que la ventana oficial de baño (el período autorizado para realizar el tratamiento) establecida previamente por Sernapesca había finalizado. Esta acción constituye un incumplimiento directo a lo dispuesto en el Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de Caligidosis.
Tras conocerse la resolución de la Suprema, la directora regional de Sernapesca en Aysén, Daniela Leiva, valoró la decisión y enfatizó la gravedad de la falta. “La entrega de información falsa es una falta grave que no podemos permitir, y en este sentido, valoramos la decisión de la Corte Suprema, que respalda y valida nuestro rol fiscalizador para asegurar el cumplimiento de la ley tanto en el sector acuícola como pesquero”, declaró Leiva.
Con la sentencia firme, Salmones Blumar S.A. deberá hacer efectivo el pago de una multa ascendente a 500 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) y, además, deberá suspender las operaciones en el centro “Concheo 2” durante un ciclo productivo completo.
Fuente información: https://www.sernapesca.cl/noticias/condenan-a-salmones-blumar-s-a-al-pago-de-millonaria-multa-y-suspension-de-operaciones/













