Como bajar el impuesto específico a los combustibles

Por: Julián Alcayaga Fuente: Conadecus.

El 1 de abril de 1986, la Junta de Gobierno promulgó la Ley 18.502, que establece un impuesto específico a los combustibles que utilizan los vehículos que transiten exclusivamente por calles, caminos y vías públicas, ya que este impuesto tiene como objetivo esencial, que la construcción y el uso de las vías que construye el Estado, sea financiado por aquellos vehículos que las usan, es decir todos los vehículos que transitan por esas vías públicas. En cierta medida, este impuesto específico a los combustibles, vino a reemplazar el establecimiento de peajes para financiar la vías públicas.

En razón que la Ley 18.502 estableció un impuesto específico a los combustibles, para financiar las vías ,Epúblicas, es la misma ley que, en su art. 7 excluye del pago de este impuesto específico a los combustibles, a todos los vehículos y maquinarias que NO TRANSITAN por las vías públicas pero que utilizan combustibles, y en particular el petróleo, y permite que este impuesto sea un crédito fiscal que se deduce directamente del IVA. Las empresas de transporte, como ferrocarriles o de transporte marítimo, que utilizan petróleo, quedaron exentas de este impuesto, porque no transitan por las vías públicas.

En vista que el Estado a procedido a licitar, la mayor parte de las vías públicas, no se justifica que los vehículos que las utilizan tengan que pagar a la vez el impuesto específico, por ello que, a raíz de un gran movimiento de paros y protestas de las empresas de transporte, el año 2001 se promulgó la Ley 19.764, que estableció un crédito de 20 % al impuesto específico al petróleo, exclusivamente para las empresas de transporte de carga.

Estos créditos o exenciones al impuesto específico a los combustibles no se justifican socialmente, puesto que en la mayor parte del mundo este impuesto se paga como compensación a nocividad de estos combustibles para el medio ambiente, y en ese sentido ninguna de las exenciones que establece la ley chilena están económicamente y técnicamente justificadas. En consecuencia, no es justo que no sea pagado por el conjunto de vehículos y maquinarias que utilizan este tipo de combustibles fósiles, lo que afecta doblemente a aquellos automovilistas, taxistas, buses y demás empresas de transporte.

Por lo tanto, como una forma de bajar el impuesto específico a los combustibles y darle mayor equidad a este impuesto, se debe bajar su monto, compensando esta baja, con la eliminación de los créditos o actuales exenciones al pago de este impuesto.

En resumen, el impuesto específico a los combustibles puede ser disminuido sensiblemente, sin afectar los ingresos del Fisco, si se suprimen todas las exenciones al impuesto.

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