“Domicilio electoral” y no “simple residencia” para candidatos a Diputados
Un proyecto de Reforma Constitucional que establezca como requisito para ser diputado el “domicilio electoral” de éste, dentro de los dos años anteriores a la elección respectiva, presentó el diputado osornino Sergio Ojeda junto a otros parlamentarios.
Ojeda señaló que actualmente la exigencia es tener “residencia” en la región dentro del período ya señalado.
Este proyecto de reforma constitucional cambia el concepto de “residencia” por el de “domicilio electoral” enfatizó. El legislador agregó que con este proyecto se está haciendo una adecuación a la Ley sobre Inscripción Automática y Voto Voluntario que ha introducido para todos los efectos legales, el concepto de “domicilio electoral”. La “residencia” es un requisito muy fácil de vulnerar, dijo ; por cuanto una misma persona puede tener varias residencias simultáneas en el país.
Por ello hablaremos ahora de “domicilio electoral” y no de “residencia”, debido a que es un concepto más preciso, exacto y actualizado. Se exigirá al candidato a diputado probar que ha emitido su sufragio o ha estado inscrito dentro de los dos años anteriores.
Actualmente, hay candidatos que fijan cualquier residencia, de un familiar, de una oficina, o sencillamente tienen una parcelita a la que llegan una vez al año o no van, no expresando o realizando actos o hechos que supongan un trabajo por la comunidad o que surja una identidad o vínculo objetivo con la zona , sostuvo Ojeda.
Con este proyecto tratamos de evitar los candidatos itinerantes, terminó señalando el diputado Ojeda; por lo que queremos darle prioridad a los que en verdad son de la zona.
Este proyecto de reforma constitucional cambia el concepto de “residencia” por el de “domicilio electoral” enfatizó. El legislador agregó que con este proyecto se está haciendo una adecuación a la Ley sobre Inscripción Automática y Voto Voluntario que ha introducido para todos los efectos legales, el concepto de “domicilio electoral”. La “residencia” es un requisito muy fácil de vulnerar, dijo ; por cuanto una misma persona puede tener varias residencias simultáneas en el país.
Por ello hablaremos ahora de “domicilio electoral” y no de “residencia”, debido a que es un concepto más preciso, exacto y actualizado. Se exigirá al candidato a diputado probar que ha emitido su sufragio o ha estado inscrito dentro de los dos años anteriores.
Actualmente, hay candidatos que fijan cualquier residencia, de un familiar, de una oficina, o sencillamente tienen una parcelita a la que llegan una vez al año o no van, no expresando o realizando actos o hechos que supongan un trabajo por la comunidad o que surja una identidad o vínculo objetivo con la zona , sostuvo Ojeda.
Con este proyecto tratamos de evitar los candidatos itinerantes, terminó señalando el diputado Ojeda; por lo que queremos darle prioridad a los que en verdad son de la zona.