Proponen crear "embargo preventivo" para proteger a Mipymes y personas naturales

La necesidad de establecer la figura del “embargo preventivo” que sea aplicado por el juez a los deudores que con su incumplimiento dañan seriamente a las Mipymes y personas naturales, planteó el director jurídico del estudio Segal, Rodrigo Samur.

“Hace unos meses entró en vigor la nueva Ley de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas, que reemplazó a la Ley de Quiebras que se aplicó por más de 30 años. Esto en cierta medida ha sido bueno para el común de las personas frente a obligaciones con terceros que se ven en estado de cesación de pagos, pero como siempre la ley ha dejado fuera de todo esto a las MIPYMES”, planteó el abogado.

Precisa que “con el procedimiento ejecutivo de cobro de documentos las Mipymes se ven vulneradas en su patrimonio por la falta o cesación de pagos de terceros, gracias a una ley permisiva que da la posibilidad a los deudores de incumplir el pago de sus obligaciones. En consecuencia, los micro, pequeños y medianos empresarios se ven enfrentados a una compleja situación de insolvencia y, en muchos casos, sin poder responder a sus compromisos laborales y comerciales”.

“Esa es la realidad. En el procedimiento ejecutivo actual, frente a cheques y facturas se debe preparar el documento para que tenga fuerza ejecutiva (es decir para que este pase a ser un titulo ejecutivo y pueda requerirse de pago al deudor), con lo cual se le avisa al deudor- con 40 días de anticipación- que intentarán cobrar en forma ejecutiva (por la vía de apremio el crédito que debe)”, explicó.

Samur enfantizó que “con esta antesala de más de un mes de advertencia, el deudor tiene tiempo para vaciar su cuenta corriente y probablemente se despojará de los bienes necesarios para el cumplimiento de su pago, ocasionando de esta manera que el acreedor, es decir, la PYME o cualquier persona natural, se vea burlada por un deudor que luego de unos meses, volverá a recuperar todos sus bienes”.

El director jurídico del estudio Segal planteó que ante este escenario, “se hace urgente e indispensable modificar el procedimiento en la gestión preparatoria para los cheques y facturas, para que el juez ordene un embargo preventivo de los bienes del deudor junto con la notificación de la demanda o la Gestión Preparatoria según sea el caso. De esta manera, se salvaguardaría el cumplimiento de la obligación cuando se llegue al juicio ejecutivo”.

“Así se establecería una situación de mayor justicia para las PYMES y las personas Naturales, resguardando el ejercicio de sus derechos y más aún el pago de las deudas que mantienen sus deudores” advirtió.

Recalcó que si las Mipymes pierden su capital debido a deudas de su cliente esto a su vez provocará un incremento en la tasa de cesantía e inestabilidad.

“En tiempo de reformas, vale la pena no dejar atrás la posibilidad de pensar también en modificaciones como la planteada, especialmente frente a proyecciones económicas que posicionan a las Mipymes como un sector productivo clave para el desarrollo de nuestra economía”, concluyó.


Enviado por:
Carmen Luz Ibarra
Siguiente Anterior
*****