Municipio de Rio Negro elevó a 96,20 % su nivel en transparencia
Conformidad reina entre autoridades y funcionarios municipales de Río Negro por el trabajo cumplido en materia de transparencia en el servicio público, luego de conocer el informe de Fiscalización del CPLT de fecha 22.07.16, a que hizo referencia el director de control Jaime Pritzke Vargas este 5 de agosto. Este señala: “Nuevamente tengo la gran satisfacción de informar que nuestro municipio recibió Informe de Fiscalización del CPLT de fecha 22.07.16, el cual adjunto para conocimiento detallado, y se obtuvo un 96,20 % de cumplimiento."
En esta oportunidad se fiscalizó el derecho de acceso a la información, es decir las respuestas a las solicitudes de acceso a la información. (Transparencia Pasiva).
Como dato se informó que en Transparencia Pasiva, el registro de fiscalizaciones era el siguiente:
Año 2014 36,10 %
Año 2015 31,35 %
Año 2016 96,20 %
En este sentido el alcalde Carlos Schwalm Urzúa junto con mostrar su agrado por el nuevo logro administrativo alcanzado por la corporación edilicia, hizo mención que el Informe de Fiscalización se basa en el Derecho de Acceso a la Información Proceso de Fiscalización Municipalidades 2016. La autoridad comentó que "en cumplimiento de su plan de fiscalización el Consejo para la Transparencia procedió a fiscalizar el desempeño de las instituciones en el tratamiento y atención de las solicitudes de acceso a la información, en la modalidad electrónica".
La fiscalización tuvo por finalidad comprobar el cumplimiento del Título IV de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo 1° de la Ley N° 20.285, de 2008, del Título I, II y III de su Reglamento y la Instrucción General N° 10 del Consejo para la Transparencia, sobre el procedimiento administrativo de acceso a la información. La Instrucción General Nº 10 Punto II, señala que para desarrollar las actividades que comprende el procedimiento de acceso a la información contemplado en la Ley de Transparencia, se considerarán varias etapas referenciales.
¿QUE ES EL CONSEJO DE TRANSPARENCIA?
El Consejo para la Transparencia es una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por la ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado.
Su principal labor es velar por el buen cumplimiento de dicha ley, la que fue promulgada el 20 de agosto de 2008 y entra en vigencia el 20 de abril de 2009.
El Consejo Directivo
La Dirección del Consejo corresponde a cuatro Consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, adoptado por dos tercios de sus miembros en ejercicio. A este Consejo Directivo le corresponderá la dirección y administración superiores del Consejo para la Transparencia.
El literal a) del artículo 33 de La Ley de Transparencia señala que, dentro de las funciones y atribuciones del Consejo para la Transparencia se encuentra “Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley aplicar las sanciones en caso de infracción a ellas”. Sobre la base de este mandato legal, la Dirección de Fiscalización elabora un plan anual y realiza fiscalizaciones periódicas a los sujetos obligados por la Ley de Transparencia, en materias de Derecho de Acceso a la Información y Transparencia Activa, que considera a los órganos de la Administración Central del Estado, Municipalidades, Corporaciones Municipales, Fundaciones de la Dirección Sociocultural de la Presidencia, Universidades Estatales, Empresas Públicas y Sociedades del Estado, entre otros organismos.
En todo caso el plan de fiscalizaciones no queda hasta aquí, continúa.
Fuente: comunicaciones@rionegrochile.cl
En esta oportunidad se fiscalizó el derecho de acceso a la información, es decir las respuestas a las solicitudes de acceso a la información. (Transparencia Pasiva).
Como dato se informó que en Transparencia Pasiva, el registro de fiscalizaciones era el siguiente:
Año 2014 36,10 %
Año 2015 31,35 %
Año 2016 96,20 %
En este sentido el alcalde Carlos Schwalm Urzúa junto con mostrar su agrado por el nuevo logro administrativo alcanzado por la corporación edilicia, hizo mención que el Informe de Fiscalización se basa en el Derecho de Acceso a la Información Proceso de Fiscalización Municipalidades 2016. La autoridad comentó que "en cumplimiento de su plan de fiscalización el Consejo para la Transparencia procedió a fiscalizar el desempeño de las instituciones en el tratamiento y atención de las solicitudes de acceso a la información, en la modalidad electrónica".
La fiscalización tuvo por finalidad comprobar el cumplimiento del Título IV de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo 1° de la Ley N° 20.285, de 2008, del Título I, II y III de su Reglamento y la Instrucción General N° 10 del Consejo para la Transparencia, sobre el procedimiento administrativo de acceso a la información. La Instrucción General Nº 10 Punto II, señala que para desarrollar las actividades que comprende el procedimiento de acceso a la información contemplado en la Ley de Transparencia, se considerarán varias etapas referenciales.
¿QUE ES EL CONSEJO DE TRANSPARENCIA?
El Consejo para la Transparencia es una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por la ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado.
Su principal labor es velar por el buen cumplimiento de dicha ley, la que fue promulgada el 20 de agosto de 2008 y entra en vigencia el 20 de abril de 2009.
El Consejo Directivo
La Dirección del Consejo corresponde a cuatro Consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, adoptado por dos tercios de sus miembros en ejercicio. A este Consejo Directivo le corresponderá la dirección y administración superiores del Consejo para la Transparencia.
El literal a) del artículo 33 de La Ley de Transparencia señala que, dentro de las funciones y atribuciones del Consejo para la Transparencia se encuentra “Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley aplicar las sanciones en caso de infracción a ellas”. Sobre la base de este mandato legal, la Dirección de Fiscalización elabora un plan anual y realiza fiscalizaciones periódicas a los sujetos obligados por la Ley de Transparencia, en materias de Derecho de Acceso a la Información y Transparencia Activa, que considera a los órganos de la Administración Central del Estado, Municipalidades, Corporaciones Municipales, Fundaciones de la Dirección Sociocultural de la Presidencia, Universidades Estatales, Empresas Públicas y Sociedades del Estado, entre otros organismos.
En todo caso el plan de fiscalizaciones no queda hasta aquí, continúa.
Fuente: comunicaciones@rionegrochile.cl