Aquafarms arriesga multa de casi $9.000 millones por intervención del río Rahue

Aquafarms arriesga multa
Construcción y operación de obras para la captación de aguas desde el río Rahue que difieren de sus Resoluciones de Calificación Ambiental (RCAs) aprobadas, no reportar en la frecuencia ni la totalidad de los parámetros exigidos en su Programa de Monitoreo y no cumplir con las Medidas Provisionales Pre Procedimentales ordenadas por la Institución, en marzo 2021, forman parte de los seis cargos notificados por la Superintendencia de Medioambiente a la Piscicultura Aquafarms.


Una multa de hasta $8.700 millones arriesga la empresa Aquafarms S.A, propietaria de la Piscicultura El Copihue, ubicada en la ribera del Río Rahue, sector de Cancura en la comuna de Puerto Octay, Región de Los Lagos, luego de que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formulara 6 cargos -2 graves y 4 leves- en su contra el pasado jueves 2 de junio.

El primer cargo, clasificado como grave, fue la construcción y operación de nuevas obras para la captación y bombeo de aguas desde el Río Rahue sin las medidas de protección ambiental establecidas en el proyecto de captación de aguas aprobado en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°769/2012. La segunda infracción -también clasificada como grave– se formuló por implementar una obra no autorizada en el río antes mencionado, consistente en un pretil transversal para permitir la captación de las aguas de cultivo para la Piscicultura.

Lo anterior, desmiente lo señalado en el mes de marzo por Miguel Ángel Lara, asesor legal de Aquafarms, quien señaló a País Lobo que “los fondeos se encuentran de acuerdo a los permisos y sólo deben removerse algunos. O sea, los fondeos están absolutamente ajustados a la normativa y lo único es que debemos ajustar que las obras sean exactamente iguales al permiso”. https://www.paislobo.cl/2021/03/las-aristas-que-investiga-la-sma-por.html

Contrario a lo señalado por el abogado Lara en el mes de marzo, el superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, aseveró este jueves 2 de junio que “ambos cargos -formulados contra Aquafarms- fueron clasificados como graves, por lo que la empresa podría ser objeto de una Multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias (UTA) por cada infracción, Revocación de su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) o Clausura del Proyecto”.

De La Maza agregó que respecto a los cargos leves, “éstos se formulan por no reportar la totalidad de los parámetros de su Programa de Monitoreo establecido durante junio y julio de 2019, conforme a la Res. N°1865/2012 y presentar superación del límite máximo permitido del parámetro Cloruros, en el mes de mayo de 2018, según el D.S. N° 90/2000."

El quinto cargo formulado se refiere a que el titular no reportó la frecuencia exigida en su Programa de Monitoreo establecido para el parámetro Caudal entre abril y diciembre de 2018, enero y noviembre de 2019, enero y marzo de 2020, exceptuando el mes de junio que no reportó la frecuencia exigida del parámetro pH, conforme a la Res. N°1865/2012.

Por último, la sexta infracción se debe al incumplimiento parcial de las Medidas Provisionales ordenadas por la SMA mediante Res. N° 2432/2020, modificada por la Res. Ex. N° 349/2021, de marzo de 2021, en relación con no haber presentado los resultados del Monitoreo de Aguas; no haber ejecutado el Monitoreo de Fauna Íctica; haber ejecutado el levantamiento de perfiles topobatimétricos transversales y longitudinales del cauce, sin abarcar la totalidad del tramo.

De La Maza agregó que “según los artículos 42° y 49° de la Ley Orgánica de la SMA (LOSMA) y tras esta formulación de cargos, la empresa Aquafarms S.A. tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus Descargos”, indicó.

PISCICULTURA EL COPIHUE

El proyecto original “Piscicultura El Copihue”, de acuerdo con la RCA N° 353/2011, consiste en la construcción y operación de una piscicultura de salmónidos destinada a la producción anual de 300 toneladas. Respecto al abastecimiento de agua, el proyecto considera el uso de 833 litros de agua por segundo captados mediante canal abierto y bombeo desde la ribera oeste del río Rahue, de acuerdo con los derechos de agua otorgados mediante Res. N° 410, de 19 de diciembre de 2005, dictada por la Dirección de Aguas.

El proyecto original fue modificado (RCA N° 769/2012) con el objeto de aumentar la producción anual de 300 a 750 toneladas, trasladando los puntos de captación y restitución de aguas en el río Rahue, aumentando el caudal afluente a captar para el agua de cultivo de 833 litros por segundo a 1.590 litros por segundo, aumentando el número de estanques de 100 m³ de 20 a 44 unidades del mismo tamaño, e incorporando un nuevo sedimentador para el tratamiento de efluentes, entre otras modificaciones.

En cuanto a la modificación de las coordenadas de captación y restitución, el titular presentó durante la evaluación ambiental copia de la solicitud de traslado presentada ante Dirección General de Aguas, (DGA), en enero de 2011.

Por último y respecto a los residuos industriales líquidos (RILes) generados por la “Piscicultura El Copihue”, la RCA N° 769/2012 dispone que estos serán tratados mediante decantadores y luego descargados por medio de un canal y ducto en un único punto al Río Rahue, cumpliendo con los límites máximos de contaminantes establecidos en D.S. N° 90/2000 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia (MINSEGPRES), que contiene la Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.

ESTRATEGIA TERRITORIAL SMA

La formulación de cargos a Aquafarms S.A. se enmarca en la Estrategia Territorial de la SMA, que priorizó la fiscalización y acciones correctivas a instalaciones que descargan residuos industriales líquidos en los ríos Rahue y Damas. La Superintendencia del Medio Ambiente identificó 12 fuentes emisoras consideradas relevantes, y desde finales del 2020, ha iniciado procedimientos sancionatorios a 6 de éstas, incluyendo el correspondiente a “Piscicultura Copihue”. Los procesos sancionatorios anteriores incluyen ya iniciado contra la Piscicultura Las Quemas, Matadero Frigorífico del Sur (MAFRISUR), Piscicultura Santa Juana, Áridos Dowling & Schilling y a la empresa Lácteos Osorno. Asimismo, esto procesos se complementan con Medidas Provisionales ordenadas a Piscicultura Copihue, a Áridos Dowling & Schilling y la empresa Lácteos Osorno.

Para mayor detalle, acceder a la información de ambos casos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA):

Fuente: https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2608
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