Osorno: La Corte ordena pagar $50 millones en indemnización por violaciones de derechos humanos

Osorno: La Corte ordena pagar $50 millones en indemnización por violaciones de derechos humanos
La Corte Suprema de Chile ha rechazado los recursos de casación presentados por el Fisco, confirmando la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago de condenar al Estado a pagar una indemnización de $50.000.000 por daño moral a Marisa Angélica Leviguan Díaz. La decisión, tomada por la Segunda Sala del tribunal y anunciada en la causa rol 152.911-2022, marca un hito en la justicia chilena en términos de responsabilidad estatal por violaciones de derechos humanos.

Marisa Angélica Leviguan Díaz, víctima de torturas y violaciones de derechos humanos por parte de efectivos de la CNI en 1987, es la destinataria de esta histórica compensación. La resolución fue dictada por un panel de destacados jueces de la Corte Suprema, incluyendo a Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, y la abogada Leonor Etcheberry.

La Corte Suprema, en una sentencia unánime, confirmó la condena al Estado chileno por violaciones de derechos humanos, rechazando la apelación del fisco contra la indemnización ordenada. Este fallo es significativo, pues marca un precedente en la consideración de los derechos humanos sobre las normas internas de prescripción y cosa juzgada.

Los hechos ocurrieron el 4 de julio de 1987, cuando Leviguan fue detenida ilegalmente en su domicilio y llevada al cuartel de la policía civil de Osorno, donde sufrió torturas. La decisión judicial fue tomada recientemente, destacando la lentitud del sistema judicial en casos de violaciones de derechos humanos.

Este fallo representa un avance significativo en el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Chile en materia de derechos humanos. La Corte argumentó que las normas internas no pueden prevalecer sobre el derecho a una reparación integral derivada de tratados internacionales en esta materia. Así, el Estado chileno es responsable de garantizar la justicia y la reparación a las víctimas de su pasado represivo.

La Segunda Sala de la Corte Suprema reiteró que todas las instituciones del Estado deben respetar y promover los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. En este contexto, se reconoció que las decisiones previas del sistema judicial chileno no habían logrado establecer la existencia de una violación a los derechos humanos en el caso de Leviguan, ni proporcionar una reparación adecuada.

El fallo también aborda la relevancia del "control de convencionalidad", un principio jurídico que obliga a los tribunales nacionales a interpretar y aplicar las normas nacionales de acuerdo con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. La Corte sostuvo que cualquier excepción de cosa juzgada en casos de violaciones graves a los derechos humanos es irrelevante, enfatizando la primacía de los tratados internacionales sobre el derecho interno.

La decisión de la Corte Suprema de Chile es un paso fundamental en el camino hacia la justicia y la reparación para las víctimas de violaciones de derechos humanos. Al priorizar las obligaciones internacionales sobre las normas internas, la Corte ha reafirmado el compromiso de Chile con los derechos humanos y ha sentado un precedente que podría influir en futuras decisiones.


Fuente:https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/102884
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