Más de 51 millones en multas: DT sanciona incumplimientos laborales en elecciones
Dirección del Trabajo aplica multas por más de 51 millones de pesos por incumplimientos durante elecciones
La Dirección del Trabajo (DT) informó que hasta las 16:00 horas del domingo se registraron un total de 19 multas, equivalentes a $51.303.560, como resultado de las fiscalizaciones realizadas durante la segunda vuelta de elecciones de gobernadores regionales en 11 regiones del país. Las sanciones se relacionaron con el incumplimiento del derecho al feriado irrenunciable y permisos laborales vinculados al ejercicio del derecho a sufragio.
Durante estas elecciones, las normativas laborales exigían garantizar a los trabajadores un mínimo de tres horas para sufragar o excusarse, así como tiempo suficiente para aquellos designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral.
Las multas varían entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), dependiendo del tamaño de la empresa. En noviembre de 2024, el valor de la UTM es de $66.628.
Por su parte, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, subrayó que “es preocupante detectar incumplimientos en una normativa consolidada. Los derechos civiles y políticos de las personas están primero, y deben respetarse los feriados irrenunciables”.
1. Feriado legal obligatorio e irrenunciable para trabajadores de centros comerciales administrados bajo una misma razón social.
2. Permiso laboral para vocales de mesa y otros roles electorales, en casos donde no se considera feriado legal.
3. Permiso mínimo de tres horas para ejercer el derecho a sufragio.
Estas fiscalizaciones se realizaron bajo el marco del dictamen N.º 656/24 del 15 de octubre, que explicó los parámetros legales de la Ley N.º 21.693, promulgada el 28 de agosto.
Fuente información: jcastillop@dt.gob.cl
La Dirección del Trabajo (DT) informó que hasta las 16:00 horas del domingo se registraron un total de 19 multas, equivalentes a $51.303.560, como resultado de las fiscalizaciones realizadas durante la segunda vuelta de elecciones de gobernadores regionales en 11 regiones del país. Las sanciones se relacionaron con el incumplimiento del derecho al feriado irrenunciable y permisos laborales vinculados al ejercicio del derecho a sufragio.
Durante estas elecciones, las normativas laborales exigían garantizar a los trabajadores un mínimo de tres horas para sufragar o excusarse, así como tiempo suficiente para aquellos designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral.
Detalles de las sanciones
De las 254 fiscalizaciones realizadas por la DT, 18 multas se aplicaron a empresas por no respetar el feriado irrenunciable a trabajadores de malls y strip centers bajo una misma razón social, afectando a 301 trabajadores cuyos turnos debieron ser suspendidos. Además, una multa fue aplicada por no otorgar el permiso mínimo de tres horas para votar.Las multas varían entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), dependiendo del tamaño de la empresa. En noviembre de 2024, el valor de la UTM es de $66.628.
Declaraciones de autoridades
El director del Trabajo, Pablo Zenteno, destacó la importancia de garantizar los derechos de los trabajadores durante estos procesos, señalando que “esperaríamos no tener que infraccionar estas normas (…) Sin embargo, hemos realizado nuestra labor con más de 80 fiscalizadores”.Por su parte, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, subrayó que “es preocupante detectar incumplimientos en una normativa consolidada. Los derechos civiles y políticos de las personas están primero, y deben respetarse los feriados irrenunciables”.
Normas fiscalizadas
Durante la jornada, se fiscalizaron tres aspectos principales:1. Feriado legal obligatorio e irrenunciable para trabajadores de centros comerciales administrados bajo una misma razón social.
2. Permiso laboral para vocales de mesa y otros roles electorales, en casos donde no se considera feriado legal.
3. Permiso mínimo de tres horas para ejercer el derecho a sufragio.
Estas fiscalizaciones se realizaron bajo el marco del dictamen N.º 656/24 del 15 de octubre, que explicó los parámetros legales de la Ley N.º 21.693, promulgada el 28 de agosto.
Fuente información: jcastillop@dt.gob.cl