SII refuerza la emisión de boleta electrónica para reducir evasión del IVA
SII refuerza la obligatoriedad de la boleta electrónica para reducir la evasión del IVA
A partir del 1 de mayo de 2025, los comercios con impresoras deberán entregar una copia impresa de la boleta electrónica o del voucher, mientras que aquellos sin dispositivos de impresión tendrán hasta marzo de 2026 para enviar el comprobante en formato digital.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) busca fortalecer el cumplimiento tributario con la Resolución N°12 de 2025, que obliga a los comercios a emitir y entregar la boleta electrónica por cada compra, ya sea en formato impreso o digital. Esta medida responde al aumento en la evasión del IVA, especialmente en transacciones en efectivo o vía transferencia, donde algunos comercios han optado por no emitir boletas.
Según explicó el Subdirector de Asistencia del SII, Patricio Muñoz, la normativa establece que desde el 1 de mayo de 2025, todos los comercios que cuenten con dispositivos de impresión deberán entregar una copia impresa de la boleta electrónica o del comprobante de pago (voucher) al cliente. Para aquellos que no posean impresoras o sistemas compatibles, la obligatoriedad de entregar el comprobante en formato digital comenzará a regir desde el 1 de marzo de 2026, permitiendo su envío a través de correo electrónico, SMS, WhatsApp o códigos QR.
Muñoz destacó que la finalidad de la medida es generar una competencia justa entre contribuyentes y evitar que algunos comercios evadan el pago del IVA al no emitir boletas. "El objetivo es asegurar que todos los contribuyentes estén en igualdad de condiciones y evitar que algunos negocios prefieran el pago en efectivo o por transferencia para no emitir la boleta electrónica. Queremos fortalecer la fiscalización en terreno, ya que los consumidores han manifestado su preocupación por locales que no entregan boletas", afirmó.
El funcionario subrayó que esta normativa está dirigida exclusivamente al comercio, sin afectar a los operadores de medios de pago. Asimismo, enfatizó que esta obligación no impone cambios en los dispositivos actuales, sino que ofrece alternativas para cumplir con la normativa, ya sea con copias impresas o digitales.
El SII hace un llamado a los consumidores a exigir su boleta electrónica, ya que su emisión garantiza que el impuesto pagado llegue efectivamente al Fisco y contribuye a un sistema tributario más justo.
Fuente información: https://www.sii.cl/noticias/2025/270225noti01aav.htm
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A partir del 1 de mayo de 2025, los comercios con impresoras deberán entregar una copia impresa de la boleta electrónica o del voucher, mientras que aquellos sin dispositivos de impresión tendrán hasta marzo de 2026 para enviar el comprobante en formato digital.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) busca fortalecer el cumplimiento tributario con la Resolución N°12 de 2025, que obliga a los comercios a emitir y entregar la boleta electrónica por cada compra, ya sea en formato impreso o digital. Esta medida responde al aumento en la evasión del IVA, especialmente en transacciones en efectivo o vía transferencia, donde algunos comercios han optado por no emitir boletas.
Según explicó el Subdirector de Asistencia del SII, Patricio Muñoz, la normativa establece que desde el 1 de mayo de 2025, todos los comercios que cuenten con dispositivos de impresión deberán entregar una copia impresa de la boleta electrónica o del comprobante de pago (voucher) al cliente. Para aquellos que no posean impresoras o sistemas compatibles, la obligatoriedad de entregar el comprobante en formato digital comenzará a regir desde el 1 de marzo de 2026, permitiendo su envío a través de correo electrónico, SMS, WhatsApp o códigos QR.
Muñoz destacó que la finalidad de la medida es generar una competencia justa entre contribuyentes y evitar que algunos comercios evadan el pago del IVA al no emitir boletas. "El objetivo es asegurar que todos los contribuyentes estén en igualdad de condiciones y evitar que algunos negocios prefieran el pago en efectivo o por transferencia para no emitir la boleta electrónica. Queremos fortalecer la fiscalización en terreno, ya que los consumidores han manifestado su preocupación por locales que no entregan boletas", afirmó.
El funcionario subrayó que esta normativa está dirigida exclusivamente al comercio, sin afectar a los operadores de medios de pago. Asimismo, enfatizó que esta obligación no impone cambios en los dispositivos actuales, sino que ofrece alternativas para cumplir con la normativa, ya sea con copias impresas o digitales.
Plazos clave de la Resolución N°12 del SII
- 1 de mayo de 2025: Comercios con impresoras deberán entregar la boleta electrónica impresa en pagos en efectivo o por transferencia. En compras con tarjeta bancaria, se imprimirá el voucher.
- 1 de marzo de 2026: Comercios sin dispositivos de impresión deberán enviar la boleta en formato digital por correo electrónico, SMS, WhatsApp o código QR.
El SII hace un llamado a los consumidores a exigir su boleta electrónica, ya que su emisión garantiza que el impuesto pagado llegue efectivamente al Fisco y contribuye a un sistema tributario más justo.
Fuente información: https://www.sii.cl/noticias/2025/270225noti01aav.htm
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