Contraloría sanciona a exalcaldes por incumplir declaración de intereses y patrimonio
Exjefes comunales de Chile Chico y Lo Espejo multados por no declarar su patrimonio tras dejar el cargo
La Contraloría General de la República (CGR) sancionó a los exalcaldes de Chile Chico, Ricardo Ibarra, y de Lo Espejo, Miguel Ángel Bruna, por no haber presentado oportunamente su Declaración de Intereses y Patrimonio (DIP) tras el cese de sus funciones, ocurrido el 21 de junio de 2021. Ambos exjefes comunales deberán pagar una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a más de $680 mil.
La resolución, emitida el miércoles 16 de abril, da cuenta de que las exautoridades incumplieron lo dispuesto en la Ley N° 20.880 sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de Conflictos de Intereses, específicamente los artículos 5° y 11. Según la normativa, los alcaldes deben efectuar su DIP dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que asumen o cesan en el cargo, además de actualizarla anualmente en marzo.
Pese a que la Contraloría efectuó un apercibimiento otorgándoles un plazo adicional de 10 días hábiles, ni Ibarra ni Bruna realizaron la declaración exigida, configurándose así una infracción administrativa que fue sancionada conforme a las atribuciones del ente contralor.
El incumplimiento de este tipo de obligaciones ha sido motivo de reiteradas acciones fiscalizadoras por parte de la CGR, que en los últimos años ha reforzado el control sobre autoridades y exautoridades para garantizar el principio de transparencia activa en la administración pública.
Cabe destacar que, en virtud del principio de probidad, la presentación de la DIP permite prevenir conflictos de interés y transparentar el patrimonio y vínculos económicos de quienes ejercen funciones públicas. Su omisión puede ser interpretada como una falta grave, particularmente en cargos de elección popular que administran recursos públicos.
La Contraloría reiteró que continuará utilizando sus facultades legales para hacer cumplir la normativa vigente, subrayando que la rendición de cuentas y la transparencia son pilares fundamentales para la confianza ciudadana en las instituciones del Estado.
Para entender mejor
Fuente información: https://www.contraloria.cl/web/cgr/-/patrimonio-dentro-del-plazo
La Contraloría General de la República (CGR) sancionó a los exalcaldes de Chile Chico, Ricardo Ibarra, y de Lo Espejo, Miguel Ángel Bruna, por no haber presentado oportunamente su Declaración de Intereses y Patrimonio (DIP) tras el cese de sus funciones, ocurrido el 21 de junio de 2021. Ambos exjefes comunales deberán pagar una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a más de $680 mil.
La resolución, emitida el miércoles 16 de abril, da cuenta de que las exautoridades incumplieron lo dispuesto en la Ley N° 20.880 sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de Conflictos de Intereses, específicamente los artículos 5° y 11. Según la normativa, los alcaldes deben efectuar su DIP dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que asumen o cesan en el cargo, además de actualizarla anualmente en marzo.
Pese a que la Contraloría efectuó un apercibimiento otorgándoles un plazo adicional de 10 días hábiles, ni Ibarra ni Bruna realizaron la declaración exigida, configurándose así una infracción administrativa que fue sancionada conforme a las atribuciones del ente contralor.
El incumplimiento de este tipo de obligaciones ha sido motivo de reiteradas acciones fiscalizadoras por parte de la CGR, que en los últimos años ha reforzado el control sobre autoridades y exautoridades para garantizar el principio de transparencia activa en la administración pública.
Cabe destacar que, en virtud del principio de probidad, la presentación de la DIP permite prevenir conflictos de interés y transparentar el patrimonio y vínculos económicos de quienes ejercen funciones públicas. Su omisión puede ser interpretada como una falta grave, particularmente en cargos de elección popular que administran recursos públicos.
La Contraloría reiteró que continuará utilizando sus facultades legales para hacer cumplir la normativa vigente, subrayando que la rendición de cuentas y la transparencia son pilares fundamentales para la confianza ciudadana en las instituciones del Estado.
Para entender mejor
- Declaración de Intereses y Patrimonio (DIP): Es una obligación legal establecida en la Ley N° 20.880, que busca asegurar la transparencia y prevenir conflictos de interés en el ejercicio de funciones públicas. Debe ser presentada al asumir un cargo, al cesar en él y actualizada anualmente en marzo.
- Unidad Tributaria Mensual (UTM): Es una unidad de cuenta usada en Chile para determinar multas, impuestos y otros pagos al Estado. Su valor se reajusta mensualmente. A abril de 2025, 10 UTM equivalen a poco más de $680.000.
- Contraloría General de la República (CGR): Organismo autónomo encargado de fiscalizar el cumplimiento de las normas legales por parte de los órganos de la administración del Estado, especialmente en materias de probidad, uso de recursos públicos y gestión administrativa.
Fuente información: https://www.contraloria.cl/web/cgr/-/patrimonio-dentro-del-plazo